Muy buenas tardes les saludo a marcela
mendoza y en nombre de la cámara de
comercio- barranquilla reciban todos una
cordial bienvenida a este espacio
virtual que hemos propiciado pensando en
el bienestar de nuestros empresarios y
conscientes de la importancia de acoger
las medidas que se requieren para cuidar
de ustedes
antes de iniciar esta jornada queremos
que sepan que la cámara de comercio de
barranquilla continuará colocando a su
disposición charlas de conocimiento y
demás soluciones al alcance de todos
para que sigamos siendo su aliado en la
evolución de sus negocios
los invitamos a consultar nuestra página
web donde encontrarán la programación de
las próximas charlas virtuales que hemos
estado realizando especialmente para
ustedes
en esta tarde de hoy estaremos hablando
sobre todo lo que se debe saber sobre la
solicitud de beneficio del pago de
nómina para a efe y nos estará
acompañando el señor roger román sánchez
quien es socio de la firma russell
bedford de ese a consultor en materia
tributaria de importantes empresas de la
zona norte de colombia docente con más
de 200 horas de experiencia como
conferencista es contador público
candidato al título de derecho
certificado en y frs full
y frs para pymes por él y te
wv de londres inglaterra le recordamos
que esta presentación la estaremos
enviando a sus correos electrónicos al
finalizar la conferencia les estaremos
enviando una pequeña encuesta que nos
permite conocer cómo ha sido su
experiencia valoramos mucho su respuesta
porque con ellas conseguir seguiremos
construyendo soluciones para nuestros
empresarios si tiene preguntas o
inquietudes solicitamos por favor las
coloque en el buzón de preguntas al
final de la presentación estaremos dando
un espacio para dar respuesta y resolver
todas estas inquietudes que se generen
de esta actividad muchas gracias a todos
los participantes que nos están
acompañando nuevamente bienvenidos y los
dejamos con el señor roger adelante
roger
muy buenas tardes para todos de verdad
que nuevamente es un gusto poder
compartir con ustedes este este tema ya
habíamos tenido la anterior semana la
oportunidad de hablar sobre este decreto
también con la cámara de comercio de
barranquilla nuevamente agradeciendo a
la cámara agradeciendo a todos los
participantes bausch por marcela y bueno
a todos los que hoy se encuentran
convocados así que hoy ya habíamos
hablado en su momento un poco sobre este
decreto y también sobre este nuevo apoyo
gubernamental sin embargo pues vamos a
tener unas aclaraciones nuevas que nos
traen nos trajo un último decreto que
fue decreto 677 también vamos a estar
viendo un poco sobre la circular externa
01 obviamente sobre el decreto
reglamenta entonces sin más preámbulo y
aunque a pesar de que ya habíamos
hablado en su momento sobre este apoyo
vamos a volver a atender hincapié sobre
este en el cual vamos a explicarlo desde
cero porque si bien es cierto estos
nuevos o este nuevo decreto y nos
estamos modificaciones profundas sobre
el anterior entonces vamos a estar
hablando
todo sobre este decreto vamos a estar
viendo algunas de sus principales
características y también vamos a hacer
viendo al final cómo acceder o cómo y
licenciar el formulario de mismo
entonces ya habíamos uno tiene un
decreto esta importancia como siempre
hemos manifestado una de las primeras
temas que hemos de haberes o hemos de
revisar y estudiar tiene que ver los
considerando y es porque están este
decreto sale este apoyo gobernar
gubernamental pues no es para ningún
secreto del acys de la difícil situación
económica que están pasando muchas
empresas y bien sabemos que uno de los
sectores más complicados y dónde los
rubros más complicados de disminuir
tiene que ver con el laboral en ese
sentido me quiero traer a colocación una
de las encuestas que hizo confecámaras
en el cual en las empresas reportaron no
tener recursos para poder cubrir sus
obligaciones más allá de dos meses sin
recibir ningún tipo de ingreso y que
pues como canción a esto no quedaba otra
salida sino la reducción
y el despido total fue de lo que es la
planta de personal empecé con el fin de
lograr disminuir en este momento todo lo
que tiene que ver con pues despidos
masivos suspensión de contrato el
gobierno ha sacado un programa que se
llama
con sus siglas que significa programa de
ayuda estatal para proteger al empleo
formal y esto es donde está respaldado o
esto en donde está dicho todo esto está
dicho
en el decreto legislativo 677 en 19 mayo
que recordemos fue el que modifica el 6
39 y salió el 8 de mayo recordemos que
éste 639 nos trajo una gran cantidad de
inquietudes bajo muchas dudas es secreto
677 puntualiza muchas nos abre otra pero
queda una mejor estructura
posteriormente es reglamentado con una
resolución que también estaremos
hablando sobre esta y al final
una circular externa que la emite el
auge pp por el cual se prescribe el
formulario
para la solicitud entonces ya hemos
dicho
es un programa de ayuda estatal para
proteger al empleo formal y qué
significa esto que es un aporte
monetario que nos van a dar para el pago
de la nómina y que será un aporte que
recibirá un empleador por máximo tres
veces en todo aquí comenzamos a notar
que ya me ponga limitación y es máximo
me va a dar este aporte por tres veces y
me lo van a dar de manera mensual porque
meses lo van a dar no lo van a dar por
los meses de mayo junio y julio
recordemos que esto es un impuesto que
tiene una un aporte perdón que tiene una
temporalidad y esta temporalidad es por
los mismos meses de mayo y julio
recordemos que antes de haber sido
modificado dada la oportunidad de esta
agosto pero ya sólo queda para mayo
junio y julio entonces no es más sin un
aporte estatal que van a recibir las
empresas por un periodo de tres meses el
cual deberán de cumplir unos requisitos
por los meses de mayo
junio y julio esto con qué fin con el
fin de proteger el empleo formal es
decir que aquí no solamente van a ser
aquellas personas que cumplan o se
encuentren en seguridad social como está
ya de mojado
entonces la primera pregunta que uno se
hace es quiénes pueden acceder al padre
quiénes pueden acceder a este programa o
estas ayudas
a esto podrán acceder las personas
jurídicas las personas naturales nótese
que aquí ya no las ingresan
ya nos ingresan lo que son las las
personas naturales sin embargo pues
están viendo las agregan con ciertas
limitaciones que son que estas personas
duras tienen que tener más de tres
empleados ahora también nos agregan los
consorcios uniones temporales o sea que
también están por poner el primer
decreto entre notamos que nos agregan
como nuevo lo que son las personas
naturales y uniones temporales y éstas
tendrán estas tres tendrán que cumplir
unos requisitos muy específicos cuáles
son lo primero es que la constitución de
las personas jurídicas de los consorcios
dones temporales y en este caso de las
personas naturales tendrá que ser antes
del primero de enero del 2020 es decir
para una persona jurídica tendrá que
haberse constituido antes del primero de
enero el 2020 y para una persona natural
pues recordemos que acá también nos pone
un requisito muy importante es que la
persona natural
tiene obligatoriamente que estar dentro
del registro mercantil quiere decir que
para que la persona tura se entienda
constituida en este caso ante el
registro mercantil se entenderá que
debió haberse inscrito antes del primero
de enero del año 2020 si bien es cierto
no lo pone como un requisito pero al
final lo es en todo el artículo segundo
es tener una cuenta de depósito y que es
tener una cuenta depósito es tener una
cuenta bancaria llámese ahorros llámese
corrientes entonces el primer requisito
haberse constituido antes del primero de
enero y antes en este caso ante registro
mercantil y para las personas
validar esto pues será haber tenido su
registro también antes de esta fecha
segundo requisito es que tiene que haber
renovado el registro mercantil mínimo o
mínimo hasta el año 2019
decir que debo estar a la fecha hasta el
año 2010 50 la primera pregunta que uno
se hace acá es qué pasará con las
solicitudes de junio y julio pero
recordemos que hasta junio se extendió
el plazo para renovar la matrícula
mercantil la norma hablo solo hasta el
año 2019 así que por ejemplo si llegase
junio y no ha renovado año 2020 pues no
pasará porque me giro en mínimo hasta el
año 2019 no obstante esto no es objeto
de excusa para no tener que ir a renovar
la el registro de cámara de comercio en
perdón el registros de mercantil y por
otra parte esto aplica para las personas
jurídicas y naturales que están
obligados a escribirse en el registro
mercantil aquellas que no es decir a
aquellas personas jurídicas que no están
en la obligación de inscribirse deberán
aportar el registro único tributario rut
y deberán cumplir este con por lo mínimo
con las siguientes condiciones es decir
las entidades sin ánimo de lucro aquí ya
no quedaron adaptados de cierta forma a
lo que hablamos de que tenía que tener
la responsabilidad 04 no ya aquí estamos
hablando un espectro general es todo
tipo entidad sin ánimo de lucro de estas
entidades sin ánimo de lucro deberán
aportar el root pero a su vez deben de
cumplir dos requisitos cuál es el primer
requisito primero
estar obligado a declarar impuestos
sobre la renta
estar obligado a declarar ingresos y
patrimonio test quiere declarar renta
la fundación en las corporaciones las
asociaciones las cooperativas la
propiedad horizontal obligada declarar
renta y quienes están obligados a
presentar ingresos y patrimonios pues
vamos a tener múltiples entidades como
principio los son las iglesias que están
bajo el artículo 23 el estatuto
tributario pues primera condición ha
obligado a presentar declaración de
renta o declaración de ingresos y
patrimonio y la segunda condición es que
se encuentra obligado a hacer
información exógena por el año 2019
persona entidad sin ánimo de lucro pues
tendrá que cumplir unos requisitos
particulares que son rol de clase una
renta y obligación a presentar
información
el tercero y muy importante necesidad de
demostrar en la corte estatal y aquí la
necesidad de mostrar la corte estatal el
haber disminuido en un valor igual o
superior a un 20 por ciento de los
ingresos que ya vamos a ver cuál es ese
o cómo es la fórmula para calcular estos
esta disminución de los ingresos que fue
reglamentada por la resolución 11 59 la
otra el otro requisito es no haber
recibido el aporte por más de tres
vocaciones quiere decir entonces de que
si yo recordemos que a mí me van a dar
las listas por tres meses mayor un
interés en pues parece obvio pero yo no
lo por recién forma de tres ocasiones
quiere decir que yo me postule ahorita
en mayo y vuelvo y paso a otra
postulación en junio y otra en julio y
también me postulo de dos veces en el
mismo mes pues no puedo haber recibido
el aporte de forma de revocación
y también tenemos una quinta cuando este
ha obligado a restituir el aporte es
decir lo recibe por ejemplo en mayo pero
tengo que restituir el aporte porque
recibí más entonces va a ser un
requisito importante haber devuelto este
recurso
entonces notamos ya que quienes pueden
hacer persona jurídica entre las
personas jurídicas tenemos entonces lo
que son también entidades sin ánimo de
lucro también tenemos los consorcios y
las personas naturales habrá quienes no
pueden acceder a este beneficio pues no
podrán acceder primero a aquellos que no
cumplan estos requisitos y tampoco a
aquellos que cumpliendo no sean personas
naturales que tengan menos de tres
empleados reportados en la fila de
febrero muy importante tengan menos de
tres empleados reportados en la pila de
febrero segundo que sean personas
expuestas políticamente también
denominadas pp eso es un
concepto que no está de naciones unidas
aquí estamos hablando de personas
políticamente expuestas son alcaldes el
presidente ministros senadores generales
comandantes concejales pues si éstos
tienen una entidad no tienen comercio a
títulos propios como persona natural lo
cual perjudica uno propio no podrán
acceder a este beneficio y también las
personas naturales que no tengan
matrícula mercantil sé que muchos dirán
hombre me parece injusto pues fue una
consideración que trabajó el preparador
de este decreto y es que en lo aquí
tenían las personas duras o tienen que
tener registro mercantil quienes están
obligadas de registro mercantil pues
recordemos los comerciantes sin embargo
aquí se nos queda por fuera un universo
muy grande que son las profesiones
liberales que no estando obligados
recordemos a tener un registro mercantil
como un abogado como son los contadores
como por ejemplo los
antólogos entonces este tipo de
profesionales liberales que dan por
fuera y pues si bien es cierto es una
sana crítica en mantenemos que porque
solamente están estas las formas que
están inscritas en el registro mercantil
pues deja por fuera un universo muy
importante porque no necesariamente es
sólo el hecho de ser comerciantes de
estar obligado a escribir en el registro
mercantil
hay otras profesionales que también
emplea generan empleados pues aquí
estamos viendo que están quedando por
fuera y cuando nos hablan menos de tres
empleados pues no está entendiendo que
aquí lo que se está buscando es que por
ejemplo aquí no entre una persona
natural
qué tal vez tiene una empleada doméstica
o tiene un chófer pues entre también a
buscar el subsidio de este cosa pues no
tendría sentido porque también es válido
ya que ya aquella persona que tiene una
empleada doméstica o que tiene un
conductor o que una persona del servicio
general pues actualmente también está
haciendo un gran esfuerzo para el pago
de estas nóminas entonces también nos
deja por fuera este tipo de persona
natural o aquel que tiene una panadería
y apenas tiene dos empleados que están
quedando también por fuera que no podrán
hacer tampoco y en ningún momento las
empresas estatales ni tampoco aquellas
empresas donde le estaba decir persona
jurídica donde el estado tenga una
participación superior al 50% no van a
poder acceder entonces quienes pueden al
final acceder ya dijimos personas
jurídicas por fonatur a del consorcio
que cumplan todos esos cinco requisitos
y en caso de las personas naturales pues
que tengan menos de tres empleados no
pueden acceder en la pila de febrero
y el perdón que tenga menos de tres
ejemplares la pila de febrero o que sean
esfuerzos políticamente o no tengan
matrícula mercantil
y aquí también vale la pena hacer una
aclaración con las empresas personas
jurídicas que están en liquidación
recordemos que la ley 1429 para el
artículo 31 estableció que estando están
obligadas a renovar la matrícula
mercantil pero si yo entreno proceso
realización del año 2017 puesto por ley
no estoy obligado a renovar matrícula
mercantil entonces pues no tenemos que
aquella de profesionalización no han
renovado su matrícula mercantil no
estando obligados están quedando por
fuera algo que también quedó por fuera o
no especificaron en este decreto 677 no
aprovecharon para hacer la aclaración y
es que las personas jurídicas o en
liquidación no están obligados a renovar
o articulando entrante
ahora como cálculo entonces ya vimos
beneficiarios ya vimos los requisitos
ahora pegamos el requisito objetivo que
es haber disminuido los ingresos igual o
superior en un 20 por ciento entonces
aquí la norma mentada en este caso el
decreto 6 y en la resolución 11 59 nos
está dando dos oportunidades que no son
excluyentes decir puedo escoger
cualquiera de las dos puedes el
primer evento segundo evento decir no
son excluyentes
entonces yo debo de validar en cuál de
los dos escenarios yo cumplo la
reducción de mis ingresos iguales o
superiores en un 20% usted tenemos un
primer evento que cuáles es que a mí la
norma que permite comparar ingresos del
mes anterior a la fundación con el mismo
mes del año 2019 es decir
acá voy a comparar los ingresos en este
caso por ejemplo si me estoy postulando
en mayo que la primera postulación voy a
tomar los ingresos de abril que me dice
la norma mes anterior a la postulación
en este caso si yo me estoy postulando
para
mayo el mes anterior a la postulación va
a ser abril después voy a comparar los
ingresos de abril o de abril no
acumulados abril ingresos de abril
versus los ingresos de abril del año
2019 si en ese evento logró demostrar
que tuvo una reducción igual o superior
al 20 por ciento ya cumplen el primer
evento ahora la norma también me da un
segundo evento y es comparar los
ingresos de almendras a tener a la
postulación la misma red me postule en
mayo ni meses abril contra el promedio
aritmético entre los ingresos de enero y
los ingresos de febrero como sacó este
promedio pues simplemente somos los
ingresos de enero más febrero y lo
dividido en donde el promedio aritmético
y lo voy a comparar contra el mes
anterior a la postulación quiero aclarar
algo muy importante para el evento 1 por
ejemplo cuando yo me postulé en mayo por
abril y comparó a abril del 2020 contra
abril del año 2019 si me postuló en
junio como los ingresos de mayo versus
los ingresos de mayo del año 2019 y así
sucesivamente pasa con junio cuando vaya
a pedir lo que vaya a pedir en julio voy
a tomar los ingresos de junio versus
junio del año 2019 suerte diferente
tiene el segundo evento el segundo
evento siempre la base de comparación va
a ser el promedio aritmético enero y
febrero qué quiere decir esto que me voy
a postular en junio entonces como los
ingresos de mayo y lo comparo contra el
promedio aritmético de enero y de
febrero no es que ahora voy a tomar
marzo y abril no siempre la base para el
segundo evento va a ser el promedio
aritmético de enero y de febrero
que también me dice la norma me dice qué
características tiene va a ser conforme
a la técnica contable y cuál la técnica
contable recordemos en colombia la
técnica contable es mil tres de acuerdo
al grupo que usted se encuentre si usted
aplica contabilidad simplificada que lo
que denominaríamos grupo tres
si usted aplica ni para pyme si usted
aplica diferencia pool o se aplica la
norma que llama empresas en periodos que
ya no se encuentran en marcha o que se
encuentra adelantando un proceso de
liquidación prácticamente tenemos cuatro
grupos entonces va a ser conforme a la
técnica contable y recordemos entonces
cómo es el ingreso para técnica contable
recordemos que es por causa ción muchas
personas desean o también por recaudos
no recordemos que la técnica contable es
por causación si es un servicio pues
recordemos que de haber entregado pues
el servicio a satisfacción y bienes pues
haber entregado transferido de los
riesgos también recordemos que esto
depende del tipo de norma que usted
tiene
si usted tiene fe y perece culpa
recordemos que será las 1015 y también
pues recordemos que si usted le aplica
ni para ti me será de acuerdo a la
sección que corresponde a la norma de
ingreso entonces que nos está diciendo
va a ser conforme a la técnica contable
entonces hay que tener muy pendiente eso
que no es por recaudo ni es por norma
fiscal o sea que no tenemos que hacer en
ningún momento no al estatuto preguntar
ya buscar por el artículo 28 no es
conforme a su técnica contable o sea que
hacer conforme a su libro de
contabilidad
qué otra característica me dice la
resolución
la resolución me dice que será un
ingreso para los beneficiarios es decir
que uno entendería que con eso que me
está diciendo es grabado para efectos
tributarios ahora que no no quiero
profundizar hoy pero nos está diciendo
hombre es un ingreso es un ingreso para
el beneficiario por lo cual recordemos
que si es un ingreso y la norma no me
habla taxativamente de que es un ingreso
no constitutivo de renta ni a ganancia
ocasional tendrá que preguntar como
cualquier otro ingreso aquí también lo
que entra a la luna es dicen que es un
ingreso para los beneficiarios pues
recordemos que esto es una resolución y
recordemos que las normas de la técnica
contable están dada formales que la
13-14 a partir de unos decretos
reglamentarios como el del 24 veis por
ende la técnica contable superior a una
resolución en una jerarquía por ende
recordemos que se tendrá entonces que
evaluar como es un reconocimiento
contable y para efectos contables
tenemos dos formas de reconocimiento
una que nos hablan y para primer
recordemos que esto es por subvenciones
de gobierno bajo ni para pymes nos dice
que es un ingreso es decir que no hay
duda alguna que que reconoce la como un
ingreso aquí también nos dice la norma
si en este caso aplicamos diferencia
recordemos que la nick 20 22 metros 1
que es el denominado método de capital y
otro que es contra el resultado que el
método de capital llevarlo al patrón
mont y que el resultado el resultado
puede hacerlo de dos maneras como un
menor valor del gasto de nómina o como
un ingreso ya depender de su política
contable recordemos que aquí juega o
está este papel para la ni fú juega un
papel muy importante porque si yo lo
llevo como método de capital no lo
estaría llevando al resultado así que al
momento de declarar ingresé declaración
de renta otro recurso pues no tengo un
ingreso para efectos fiscales porque
recordemos que la norma fiscal habla que
es bajo el artículo 28 nos habla que va
a ser conforme a la técnica contable
bajo unas excepciones y ahí no habla esa
excepción
hay uno podría pues cada acompañar
revisar todo aspecto tributario ya que
pues en principio esto es un ingreso
grave aquí también quiero hacer en
fascinante la norma habla de ingresos
quiere decir entonces que al hablar del
ingreso no me está diciendo ingresos de
operaciones o también lo que conocemos
como estos ingresos no operacionales
aquí la norma me está hablando ingresos
totales es decir todos los ingresos que
van ingresos ingresos de operación
ingresos por rendimientos financieros
ingresos por diferencia en cambio
entonces ahí tenemos todos los tipos de
ingresos que pues tengamos conforme a la
técnica contable porque están hablando
de ingreso ahora bien también me dice
otra las características que tendrá que
tener esto es que yo debo de certificar
cuál de los dos eventos escogí si el
evento uno o el evento como lo
mencionaba ninguno de los dos eventos
son excluyente es decir yo puedo
utilizar cualquiera
dos tipos de eventos muy importante que
sólo tengamos presentes
yo puedo utilizar cualquiera de las dos
y no es excluyente y me habla de
ingresos bajo técnicas contables que es
por causa acción no por caja y también
me habla de ingresos totales no me habla
sólo de ingresos de operación sino que
también debo incluir los otros ingresos
pero hasta ahí ya hemos visto que es el
pan quienes puede hacer al par quienes
no pueden acceder y también como cálculo
la disminución del ingreso y las
características que éste tiene por otra
parte tenemos la cuantía del aporte
estatal es decir cuánto va a ser el
valor que vamos a recibir por concepto
del pipe y aquí la normal ya nos trae
una aclaración y nos dice que el valor
van a ser 351 mil pesos y aquí vamos a
entrar oa tratar de aclarar unas dudas
que ha suscitado mucho más adelante y es
pues el valor que ya no van a dar tío
son trescientos cincuenta y dos mil
pesos por empleado que se califica antes
recordemos que la norma establecía una
fórmula o no estaba claro el criterio
aquí ya no lo aclara son recientes y
contentos por empleado entonces nos dice
el el valor ya lo tenemos claro y nos
dicen que es una multiplicado dice es
por el número de empleo
entonces la normal lo primero que nos
hace aclarar es que es un empleado y lo
que vamos a primera antes de virtual es
el número tres primero que es un
empleado recordemos que la empleados no
lo definen los decretos 677 y 639 define
que es un empleado o un empleado para
efectos del programa porque no aquí
recordemos que el intérprete no se fuera
a otras normas cuando entró en la misma
ley o en este caso el decreto no está en
la definición entonces la definición de
empleados para el padre que va a ser
primero me dice que sea una persona
natural para resaltar dependiente 2 que
se encuentra pegado a la pila es decir
está afiliado a seguridad social
tercero haber cotizado el mes completo
cuando me hablan les completo es que yo
entré a trabajar del primero hasta el 30
es decir que en la fila se ha reportado
30 días muy importante ese punto hombre
que es que yo trabajé 29 días queda por
fuera es empleado que trabaje 15 días
queda por fuera que él renunció queda
por fuera y que al menos ojos muy
importantes sus ingresos en este caso el
ingreso base de cotización sea por lo
mínimo el salario mínimo legal vigente
muchas profundidades que el sistema sólo
permite que sea el ibc sale al menos un
salario mínimo es correcto pero
recordemos que el empleado pudo haber
tenido 40 el día 15 cosa que ya deja de
cumplir el requisito anterior entonces
que por lo menos su ingreso hace de
cotización sea al menos el salario
mínimo legal vigente
tenemos otra otro tema que es que en el
mes de postulación
otro requisito es decir un cuarto quinto
perdón no tenga
ni suspensión de contrato laboral
mi licencia no remunerada es decir que
entre la novedad no esté la el reporte
que denomina sln que es suspensión o
licencia no remunerada muy importante no
podemos tener suspensión de contratos ni
de licencia no remunerada así haya sido
por un día la suspensión una licencia no
remunerada
y también aquí la norma no sea una
aclaración muy importante y es que el
empleado se puede contabilizar máximo
una sola vez esto aplica cuando el
empleador o perdón a un empleado tiene
varios empleadores muy por es muy
similar el caso de un profesor
universitario o profesor de escuela que
da clases en la mañana en un colegio y
la clase en otro colegio son divergentes
tiene dos empleados que me dice la norma
la norma ya que ese empleador se va a
contar para que el primero lo solicite
entonces pues por si acaso fue como
buena preguntaba una colombiana no
presentamos el mismo día a la misma hora
en el mismo momento y al mismo banco y
retransmite a la misma hora pues aquí
nos dice que la hoja pp será quien
seleccionará de manera aleatoria al
final quién va a ser el empleado
beneficiario desempleado ya vimos
definición de empleados persona
dependiente haber cotizado mes completo
que su ingreso a base de cotización sea
por lo mínimo en salario mínimo
en media postulación no tenga novedad
por suspensión de contacto sexual no
remunerado
ahora bien ya ahí tenemos entonces la
definición de lo que es un empleado
ahora vamos a ver que la fórmula nos
habla de que un número y vamos a hablar
un poco de ese número usted dice el
número de empleados va a ser el menor
entre o menor entre la pila de febrero
que se pagó en marzo y la pila anterior
al mes de postulación del nótese que mi
base siempre va a ser la pila de febrero
despí la de febrero la menor entre la
pila de febrero y la pila del mes
anterior a la fecha de postulación
entonces si yo me estoy postulando por
ejemplo en
en mayo fue la pila mía anterior la
constelación es abril si yo me postuló
en junio pues mi pila va a ser la de
mayo y si me postulé en julio mi pila va
a ser la de junio siempre la menor entre
la pila de febrero aquí también que me
dice la norma y quiero resaltar la pila
en este caso de febrero tuvo que haberse
presentado antes del 9 mayor el 2020
recordemos que para que la fila se
entienda presentada tiene que estar
apagada en este sentido se entiende que
entonces la pila de febrero fue la que
se pagó antes del 9 de mayo y para la
fila de abril que se paga en mayo la
norma mismo que ésta tuvo que haber sido
pagada antes del 22 de mayo es decir el
viernes anterior recordemos que estos
son dos requisitos muy importantes para
poder acceder si yo no pague la pila de
febrero o no he pagado la seguridad
social aunque pp no va a poder contar el
número de empleados por ende si mi
número de empleados de cero pues el
valor que van a devolver s
porque es una fórmula y también nos dice
una aclaración muy importante que es la
pila del mes anterior a la postulación
debe coincidir al menos en un 80% con la
pila de febrero esto ha suscitado muchas
dudas y muchas inquietudes porque la
forma como quedó redactado el decreto la
verdad si no establecen tres muchos
doctrine antes establecía nombres si yo
tengo cien empleados y ahorita haciendo
setenta ya no coinciden 180 entre ya no
puedo acceder no la norma y no se está
hablando es para el cálculo no lo están
diciendo que eso sea un requisito en lo
primero que quiero que tengamos presente
la norma está hablando es del cálculo
para establecer cuánto es la cuantía del
aporte que primero eso lo hace la un gp
usted lo que aquí todo lo que tenemos
que cumplir es los requisitos del padre
cuáles son los requisitos ser persona
jurídica por natural los que ya vimos
haber disminuido más de un 20 por ciento
ese 80 por ciento
habla es para el cálculo entonces quiero
que lo primero que tengamos habla es
para el cálculo dos y uno comprende
porque cuando uno lee el decreto la
realidad en ese punto que un demasiado
confuso y eso puede tener varias
vertientes de interpretación primero me
están diciendo que es que el 80% de mis
empleados pero aquí cuando habla de
empleados hablar es que los que yo
tenían la nómina de febrero es decir en
la pila de febrero debe de deben de
coincidir con los que tengo por ejemplo
si me estoy postulando en mayo con los
que tengo en la fila de abril es decir
que estos empleados que yo tengo en la
pila de auryn debe de coincidir al menos
en un 80 por ciento con los mismos que
yo reporte en la pila de febrero voy a
poner un ejemplo
si yo tenía 100 empleados en la pila de
febrero
y 100 empleados en la pila de abril
debe de coincidir me de esos 180
tuvieron que haber estado en la pila de
febrero vamos a poner que aquí coinciden
90 empleados pues como coincide más del
80 a mí me van a hacer devolución del
aporte por estos 100 empleados listo si
coinciden 70 de si tengo 100 empleados
en febrero 100 empleados en abril pero
esos 100 apenas coinciden 70 es decir
está por debajo de 80 a mí me van a
devolver 70 empleo mandar el aporte por
70 empleados más unos adicionales que
van a ser 16
esto es una fórmula que se establece
para poder alcanzar el 80 por ciento y
así me decir no me van a devolver sobre
los 100 empleados sino que van a
devolver sobre 86 entonces ese cálculo
quien lo hace lo hace en la que pepe ya
que quiero bajar claro no es que usted
deje de acceder al beneficio ustedes
porque tengo 70 o me contienen apenas 70
no quiere decir que ya yo no pueda
acceder no esto es para
nuevamente repito para el cálculo lo que
pasa es que como está redactado el
decreto en este aspecto uno cuando lo
lee una entendería x que me está
diciendo que no un 380 no puedo acceder
no es más recordemos que el artículo que
me dice a mí cuando puedo ser
beneficiario el artículo segundo no el
artículo es cálculo es muy importante
tenerlo a la hora de interpretar que
ahora bien que hay pueden surgir otros
tipo de interpretaciones sí pero no me
hace perder la oportunidad de acceder al
beneficio
ahora entonces ya vimos cuánto sería la
cuantía o el valor que pudiese recibir y
ya definimos que era un empleado y ya
también dijimos cuánto era cuál era el
número que va a ser el menor entre el de
la fila en la pila de febrero y la pila
del mes anterior la postulación siempre
y cuando pues cumple el requisito
también para establecer el número el
tema de menos del 80 más de 180
posiciones
ahora cuál es el procedimiento para
solicitar el país o la postulación por
primera vez para acceder a este
beneficio el procedimiento por
postulación por primera vez es primero
la solicitud de asia ante la entidad
financiera qué quiere decir esto
que vamos a hacerlo ante la entidad
financiera donde tenga la cuenta de
depósito bancario recordemos que una
cuenta de público es una cuenta de
ahorros frecuencia corriente o una
cuenta de fiducia web muchas hay muchos
tipos de cuentas de esos que notes y hay
que cuando hablamos de entidad
financiera
yo puedo tener varios tipos de cuenta
depositen diferentes entidades
financieras entonces a quien de forma
voluntaria por parte del beneficiario
que pueda escoger cuál desea hacer es
decir en cualquiera puede acceder o
escuer de manera voluntaria si yo tengo
mi nómina en el banco
posco cereza o si yo tengo dos cuentas
que es banco hay de spot con cualquiera
pero muy importante debemos comer solo
uno y con ese que yo escoja voy a
adelantar para los demás periodos es con
ese mismo banco la solicitud sólo hay
una excepción que no es de manera
voluntaria sino de manera obligatoria es
que lo voy a tener que adelantar cuando
tenga un crédito para nómina garantiza
entonces y tengo un crédito que es un
crédito blando debería adelantarlo con
esa entidad financiera obligatoriamente
entonces si yo tengo el banco a veces
pero con el banco set donde tengo el
producto de la
de la línea de crédito para nómina
garantizada
será con ese banco que lo deberé
tramitar obligatoriamente entonces una
vez ya ya sé con cuál banco voy a
trabajar recordemos todos estos hacer
porque todo esto se hace por internet
yo debo hacerla la solicitud la hace el
representante legal o en este caso si es
fuerza natural por la misma persona
natural si la compañía está en
reestructuración que clara es el
promotor y si está en liquidación será
liquidado acá muy importante vamos a
diligenciar un formulario que es el
formulario de postulación pero en ese
formulario de postulación formulario que
recordemos ya fue reglamentado con la
circular 01 que lo veremos a la la parte
final de esta charla también vamos a ver
muy rápido como éste se llena entonces
ahí notamos entonces de que primero hago
una solicitud formal ante la entidad
financiera ya todos los bancos han
adecuado sus portales por día poder
pagar la pena a la cuña
bancolombia lo que hace es remitirse a
una sección especial donde llenar un
formulario y luego el tema es hasta la
oportunidad descargar los formularios
diligenciando y enviarlos a un correo
electrónico con un asunto en un asunto
específico y así también casi la mayoría
de los bancos también lo tiene como
culpaban que tiene que adjuntar luego de
esto para las entidades sin ánimo de
lucro los consorcios las opciones
temporales deben adjuntar el rubí es muy
importante y si yo soy una entidad sin
ánimo de lucro o consorcio unión
temporal debo de adjuntar
roo
ahora bien a de martes tengo que hacer
formulario de postulación y también
tengo que hacer
el certificado firmé un certificado
firmada por el representante legal o
persona natural y el revisor fiscal o el
contador a falta de los estar obligado a
tener revista fiscal y en ese
certificado que voy a decir que han
disminuido en un porcentaje igual o
superior el 20 por ciento de mis
ingresos y tengo que decir al evento
escogí si el evento 1 o si el evento 2
recordemos el evento 16 que yo comparo
el año 2020 contra el año 2019 y el
evento 2 es con para año 2020 cuenta el
promedio aritmético enero y febrero
también debo de certificar que los
empleados recibieron el pago
correspondiente de los de la nómina de
abril nótese que me habla de abril no me
habló ni en enero ni en febrero sino que
el empleado puede ver haberle pagado a
éste por lo mínimo la nómina del mes de
abril y en caso de que no la hubiese
pagado aún pues la norma le da aún un
tiempo especial sólo para el mes de mayo
sólo aplica para el mate y es que si yo
le pagaba la nómina de abril la normal
me da la oportunidad de recibir el pago
es decir aún así postularme tarde tendrá
que certificar y decirle que una vez
recibido el aporte monetario del estado
a los cinco días hábiles siguientes
pagaré las respectivas obligaciones
laborales de abril o de abril y sólo
aplica para ese mes
una vez recibido estos documentos por
parte de la entidad financiera
entonces que son tres documentos
solicitud formal certificado y el root
para las entidades sin ánimo de lucro
construcciones temporales o por nevera
por un correcto
esta solicitud recordemos se puede
firmar de manera mecánica autógrafa o si
se tiene firma digital se coló luego que
instancia financiera ya tiene estos
estos documentos ella va a validar la
identidad del solicitante decir que
quien lo esté solicitando pues
corresponda a la persona que en realidad
está nombrado en el certificado
existencia o en el robo es decir sin va
a ser una validación simple que le haya
contado todos los documentos estén
debidamente diligenciado y prácticamente
es una auditoría muy rápida o muy
sencilla por poner los nuevos términos
que había en este caso la entidad
financiera y es validar que quien haya
suscrito el documento corresponda o sea
la persona autorizada
y luego de que ya ha hecho estas
validaciones le va a informar a la que
pp y será la afp pekín después la
remezcla es muy importante recordar que
la postulación no significa que ha sido
aceptado y que también cuando me postulo
yo acepto todos los términos y
condiciones
ahora ya vimos la postulación ahora
hasta cuando me puedo postular para el
mes de
en este caso para el mes de mayo me
puedo postular del 22 hasta el 29 de
mayo es decir que apenas tengo desde el
viernes anterior hasta este viernes así
que recordemos que si no me postulo
antes o después del 29 mayo para la
primera solicitud ya no la puede
solicitar téngalo muy presente hasta
este día viernes es que podemos postular
más
en el caso de junio me puedo postular
del 1º al 17 de junio
recordemos que también pasa lo mismo con
la seguridad social la seguridad social
de abril se tenía que haber pagado hasta
el día 22 de mayo
o sea que si yo me voy a postular para
junio pues como uno de los requisitos
que tengo que hacer es decir el número
de la planilla y recordemos que para que
la planilla esté presentada estar pagada
pues yo tendré un plazo máximo de pago
de la planilla también de seguridad
social hasta el 17 de junio y lo mismo
pasa con julio que te entre hasta el
primero 16 de julio para hacer la
solicitud lo mismo pasa con la planilla
de seguridad social quiere estar pagada
antes de esa fecha cuando me van a
desembolsar los dineros no lo van a
desembolsar a finales de cada mes luego
de que ese es un procedimiento que
veremos a continuación entonces es muy
importante simplemente hay que entrar a
la página del banco diligenciar el
formulario de solicitud del banco y
anexar el respectivo documento en este
caso los certificados y ya hablamos de
la fecha de efecto un poco como es el
procedimiento entonces de la oje pp con
las entidades financieras y con el
ministerio de hacienda
acá podemos decir que nosotros es decir
aquellos que vamos a aspirar a la
solicitud o aquellos que están aspirando
a la solicitud van a llevar los
documentos ante la entidad financiera
luego ésta le va a remitir a la afp
cuando le tiene que remitir el banco a
la afp en este caso la entidad
financiera desde el 24 de mayo hasta el
30 de junio y en junio hará una sola
remisión que será hasta el 19 de junio y
otra última y en julio hará una remisión
hasta el 21 una vez la ugp o la ugp
reciben esta información
la ugt te va a realizar le iba a decir
la entidad financiera
quienes salieron beneficiario y ahí va a
ser muy importante estar en pleno
contacto con tu entidad financiera y
también ya la ogp ha manifestado que en
su página web aún no lo ha hecho va a
poder consultar a las personas podrán
consultar quienes salieron beneficiario
o sea que eso también va a ser muy
importante para hacerle el seguimiento
ya que la norma nunca habló qué pasa si
yo por ejemplo el inicio mal el
formulario lo puede volver a hacer qué
pasa si el banco me no me notifica o
menos que eso tenía errores entonces
digamos que es una parte que no está muy
clara por eso y cuidado al momento en
llegar esto de la ugp le va a decir a la
entidad financiera hombre éstos son los
beneficiarios te vuelvo y repito vamos a
esperar que prontamente ya la página se
puedan consultar quienes salieron
beneficiados una vez le remita éste pues
en la entidad financiera deberá
informarle antes oro nacional
cuánto es el valor que la ogp le
autorizó y una vez esto haga pues el
banco de la república le va a consignar
los dineros
el tesoro nacional va con ciudadano
dinero en banco de la república
recordemos que al final el banco la
república sigue siendo nuestro banco
central y las entidades financieras
tienen cuenta bancaria y ésta les va a
consignar ahí y al día siguiente va a
ser la entidad financiera los servicios
de la dispersión de los dinero
ahora ya vimos como el a solicitud por
primera vez en la solicitud por segunda
vez primero se va a adelantar con la
misma entidad financiera que adelante el
mes anterior
2 debo adelantar los mismos documentos
que vimos anteriormente la haces la
postulación adjuntar un certificado y el
roof para consorcios para
y entidades sin ánimo de lucro y cuando
aplique es decir cuando yo tenga lugar
hacer una devolución pues que el banco
me certifique esa devolución de algo
amor cuando estoy obligado a restituir
el aporte estatal es decir cuando
devolver el pago no devolver o cuando ya
me lo han consignado
y en ella me doy cuenta que no cumplía
los requisitos por ejemplo no cumplía el
requisito porque no se disminuyó el
ingreso
2 cuando por ejemplo se muestre falsedad
en los documentos que el certificado
digo que es el 20% pero yo lo sabía yo
no haciendo certificado en su falsedad
recordemos que este formulario de
postulación se firma bajo gravedad de
fundamento
y tercero que yo me comprometí a que una
recibía el auxilio a pagar todas las
deudas en salariales de abril y no lo
hago es como no lo hice debo de de ver
cómo hacer el proceso de evolución pues
va a ser conforme a los lineamientos que
médicamente financiera lo cual puedes
consideraremos que la entidad financiera
de seguro contra una cuenta bancaria
específica o también nos dirá para
enviar un correo es bueno ya esto lo a
esto no lo irá cantidad financiera y una
vez no cumple los requisitos que me
imponga sentía financiera yo deberé
pasar a qué
la entidad financiera mera de certificar
que yo voy a restituir el aporte dato
que es muy necesario para volver a
adelantarlo por una segunda o la tercera
ahora que otras características nos
encontramos acá que son muy importantes
aclararle en el decreto 77 también
modificó las cooperativas de trabajo
asociado y las empresas de servicio
temporal podrán acceder al país pero de
manera directa ellas ojo son ellas las
que van a poder acceder es decir que si
yo tengo o yo soy una persona jurídica
que tengo contratado una empresa de
servicios temporales y ahí tengo 100
empleados quien podrá adelantar esa
gestión no es la persona jurídica sino
que hacer la empresa de servicios
temporales quien deberá cumplir todos
los requisitos que hemos hablado la
suscripción de estos contratos pues va a
ser un acuerdo que se está haciendo
entre la ministerio de hacienda y las
entidades bancarias entre financieras y
pues recordemos que esto va a estar
exento del grave del 4 por millón
mf y es que va a estar espero exento
pero respecto a los servicios de
dispersión decir cuando el banco
consigna
no es cuando nosotros paguemos las
nóminas sino del bajo hacia el
beneficiar la inembargabilidad que me
parece también muy importante la
aclaración que trajo esta norma y es que
las estos recursos no van a ser
embargables pero no van a ser
embargables si siempre y cuando éstos no
duren más de 30 días calendarios una vez
reciben tos y yo tenía mi cuenta en cero
recibí este dinero la entidad financiera
no lo puede embargar ni tampoco me lo
puede acreditar para el pago de deudas
sino que éste solamente lo va a poder
hacer una vez pasados 30 días de haber
recibido la forma
y cabe resaltar que el beneficiario del
aporte es decir la persona pública que
se beneficia si le podrá hacer los
descuentos respectivos a sus empleados
si tenían libranzas o si tenían todo
esto y la edad también es de 350 mil
pesos y se les pagarán los valor que no
se les pagará mínimo nuestro acierto
importante en mil pesos no si no que si
el empleado se gana un millón y tienen
descuentos 700 mil pesos por ejemplo por
embargos
cuenta de oficio por libranzas y el
valor de la nómina de a 200 mil pesos su
valor a pagar serán 300 mil no serán
mínimo 351.000 porque recordemos que
quien recibe este beneficio o este
aporte estatal es la persona jurídica
por el pago de su nómina no el empleado
muy importante también aquellas personas
jurídicas que tengan el programa de
nómina garantizada
y van a tener que darle a estos créditos
cuando si la persona jurídica
recibe por línea de crédito de nómina
garantizada 100 pesos su nómina tiene un
valor de 100 pesos es decir ya la cubría
y por eso también recibe el país el
valor del país deberá abonarse una vez
recibido el valor del crédito muy
importante para los que tienen viniendo
una grandeza cuando va a pasar esto
cuando la suma del crédito hablando en
nómina garantizado nómina garantizada
más mil padres superen el valor que me
cuesta la nómina entonces cuando supere
yo tendré que el país a abonarlo a la
línea oa una eléctrica y ya hemos
hablado sobre la virtualidad de los
medios que se ponga a hacer
todos de manera virtual con el fin de
evitar las conglomeraciones por ejemplo
si acaso en los bancos y la solicitud
pueda ser firmada de forma digital o
mental
también muy importante la fiscalización
la fiscalización va a ser adelantada por
la gpp
recordemos que el auge pp es una entidad
de fiscalización en este caso ante la
norma decía que arrancaría a partir del
año 2021 no sino que ya lo que han dicho
es que tendrá tres años para hacer su
proceso de fiscalización es
prácticamente como si nos dijeran que
una vez recibido estos aportes quedan en
firme en tres años si bien es cierto la
norma no lo ahora lo que está diciendo
es que la ugp tendrá tres años para ser
esta pista obtendrá tres años para
adelantar programas de fiscalización
la dya y la cámara de comercio le van a
ser unos temas interoperativos en el
cual le va a suministrar la información
que sea necesaria a la ugt pues que a
fiscalizar la ogp que usted no haya
recibido sin el lleno de los requisitos
que no haya recibido de manera
fraudulenta y decir no haya cometido
fraude o le haya una destinación
diferente a este valor quien sanciones
va a tener pues recordemos que al ser
una unos documentos de carácter público
y no recursos públicos pues tendrá
sanciones de carácter penal también
podrá tener los de carácter
disciplinario por ejemplo para los
contadores y revisores fiscales y en
materia fiscal será conforme al estatuto
tributario quien aplicará las normas por
devolución cuando son improcedente y
aquí lo primero que si uno dice es no
esto puede tener problemas de
constitucionalidad porque recordemos que
para efectos legales el único que puede
establecer sanciones es la ley de si las
leyes en las que tienen que estar las
después en forma clara cuáles serían las
sanciones aplicar entonces no pudiese
ser que una resolución venga y me ate a
una ley entonces ahí pudiese tener
problemas de constitucionalidad y
también pues problemas penales como ya
dijimos porque estos recursos son de
carácter públicos tanto los documentos
como los recursos pero aquí también
faltaba en la ogp como ir a adelantar
esto aquí la invitación es no hagamos
esto si no podemos acceder solamente en
la medida que podamos acceder es que
vamos a solicitar esto sino no debemos
de hacerlo
aunque algunas preguntas si este ingreso
es grabado en renta o no pues hoy como
está redactado si sería grabado y
también muy importante como hace el
procedimiento de fiscalización aunque
han algunos temas por reglamentar como
la reglamentación entre los convenios de
cooperación entre la hoja de pepe y las
entidades financieras vamos a ver ahora
entonces cómo es el formulario
recordemos que este formulario no lo
establece la circular 01 de la ugp en
este también en la página www gpp faith
también está el instructivo de cómo
llenar este formulario aquí quiero
precisar cosas muy rápidos muy rápidas
perdón
y es
entonces cuando vamos a diligenciar lo
primero el número de radicado no lo
hacemos nosotros el campo es para la
entidad financiera entre primera
solicitud que sería la que estamos
adelantando los datos básicos de la
empresa en este caso si soy persona
jurídica o lo adelantó quiénes van a ser
las personas jurídicas las que están
inscritas en el registro mercantil si yo
no estoy inscrito en el registro
mercantil pues no podré acceder sino que
puede hacer que sea una entidad sin
ánimo de lucro entre el harén el chulo
de entidad sin ánimo de lucro es muy
importante si yo no tengo matrícula
mercantil pues debo de validar si su
identidad es el mismo de lucro lo cual
puede marcar acá o si soy un consorcio
de una persona natural
nótese que me preguntan mi célula mi
pasaporte célula extranjería
los datos básicos de dirección en este
caso pues la recomendación es poner los
mismos que está en el río en la cámara
de comercio de notificaciones y la
actividad económica principal ojo no me
sale diciendo de según dará de tratar el
no principal como también en la
actividad el nombre de la tía económico
aquí me pregunta si yo o si tenemos un
producto de beneficiarios del fondo
nacional de garantías aquí en este caso
si tenemos le decimos sí o en caso en
hoteles y mundo muy importante que como
si tal vez la compañía tiene muchos
créditos valía con su entidad financiera
si esto es un crédito en línea de nómina
garantizar luego este espacio no
obligatorio entra equipo responder sí o
no
luego activo de colocar los datos de la
entidad financiera donde voy a hacer la
solicitud tiene el banco antes banco al
tipo de cuentas y es ahorro corriente y
el número de fuentes
luego sigue la información básica al
representante legal cosa que no le
aplica a las personas naturales y aquí
viene una pregunta donde me está
diciendo si usted cumple si usted cumple
usted debe responderle a la primera sí a
la segunda si acá pues te pide eso te
pregunta cuál de los dos métodos
alcanzar el 20% entonces puedes
responder las dos sí o puede responder
una y la otra nuevas totalmente igual
acá me pregunta si la participación de
la de las naciones supera el 50 por
ciento en este caso sería un no porque
si le colocó así pues estaría en un
problema es que no pudiese excede
ahora la entidad ha presentado la misma
solicitud de otra entidad financiera
debe colocarnos porque sí o sí pues
estar en cumple
y los empleados sobre los cuales va a
recibir el aporte si ya les pague o les
voy a pagar 5 días posteriores hábiles
tengo que colocarle sí
ahora luego me pregunta acá porque es
una pregunta genérica para todos si
usted es un consorcio una unión temporal
una persona natural o jurídica que hacen
parte de esta figura acá
no se está hablando específicamente de
si usted como persona jurídica tiene un
consorcio está incluyendo en su
solicitud los empleados del consorcio o
si usted es una persona natural y es con
social en un consorcio no es incluyendo
la entrada del consorcio está aquí la
respuesta sería dicen si usted es un
consejo hace parte de esta figura que
usted ha responder sí o sí ya estas ya
son preguntas si usted es un consorcio
unión temporal no le aplica a las
personas jurídicas y aquí si usted
es una persona natural que le preguntan
si cumplió el requisito de la pila o si
no es una persona natural políticamente
expuestas y colocan si aquí pues
recordemos que saldrá el beneficio
y por último nos piden colocar la
planilla de abril o la planilla de abril
con lo cual la planilla la que pague las
planillas arrojan un número al rol de 8
a 10 dígitos entre ese va a ser el
número que vamos a colocar acá
y para mayores y para junio
sucesivamente y ya la firma de la
persona jurídica
aquí el registro único tributario para
cuando es a los de ánimo de lucro y aquí
tenemos la certificación de cumplimiento
sea también nos regalan este modelo en
el cual pues muy sencillo de diligencia
y aquí simplemente me pregunta cuál
método los dos es provista y si pagas el
tema de la no muy importante para los
contrarios revisiones fiscales pues que
todos sólo tengan que soportar
debidamente con los papeles de trabajo
conforme a las normas internacionales de
auditoría quien deberá puede tener una
vida justificación entonces señores con
eso ya hemos visto a groso modo todo lo
que nos paga el país y en especial como
podemos acceder a él recordemos sólo se
puede acceder de manera virtual no y
quiere el banco lo que todo se puede
enviar por internet
entonces marcela vamos a aprovechar y si
quieres aprovechamos las preguntas pero
ya tenemos muchísimas preguntas la
siguiente lección andrés nos dice sería
muy útil que se explicará también qué
oportunidades o ayudas hay para empresas
recién constituidas
vale muy importante que para las
empresas recién constituidas que tal vez
no puedan acceder a este beneficio la
norma pues ha dispuesto a otra como han
sido los créditos blandos sin embargo
pues recordemos que para una empresa que
está recién constituida pues lo que
tienes que buscar beneficios por ejemplo
en beneficios por innovación en
beneficios que da conciencia a los que
da innova y hasta también pues
recordemos que actualmente la cámara de
comercio adelanta unos programas como el
plan reactivo y también puedes buscar
recursos pero hoy beneficios como el
padre empresas que constituyeron hoy
este año no podrían hacer sino que
tendrán que buscar en otros beneficios
que principalmente son préstamos
bancarios
la siguiente pregunta dice pueden ser
beneficiarios del subsidio del país los
trabajadores que por reducción de la
jornada laboral
quedan devengando menos de un salario
mínimo mensual muy buena pregunta para
mi concepto no pudiese porque recordemos
que el ingreso a base de cotización debe
ser por al menos el salario mínimo legal
vigente
la siguiente pregunta las empresas bajo
el régimen singer pueden participar si
el régimen tributario no importa
recordemos que una empresa que está en
el régimen simple también en una receta
es un régimen especial y eso no impide
poder acceder en este sentido como no lo
impide el poder acceder debe cumplir los
demás requisitos cuál es haber
disminuido el ingreso a haberse
constituido antes del primero de enero
no recibe el aporte más de tres veces
esto es su calidad o su regimiento de
húsares especial no es excluyente
aquí quiero también hacer una clara ante
esta que esa pregunta los bastantes
escenas no cuentan como empleados
perfecto sí porque esa pregunta es así
tenemos varias preguntas
aclaro aquí la norma no excluye decir no
agrega los pasantes del cena por ende
estos no entran dentro del beneficio y
muchas preguntas también ya que pasa con
las licencias de maternidad o las
incapacidades en la medida que la pila
se haya reportado a los 30 días la norma
no los uso o no los excluyó por ende
para por ende entrarían también las
fuerzas que están en capacidad o que
están
en una maternidad y ciencia más tarde
las personas jurídicas que tienen menos
de tres empleados pueden aplicar a este
beneficio si muy buena pregunta ahí es
sólo de los tres empleados sólo aplica
para las personas naturales que hayan
reportado en la pila de febrero menos de
tres empleados y aquí también vale la
pena decir que sólo cuentan como en
cuentan son los empleados no se puede
contar a la misma persona natural
cómo podemos manejar los trabajadores
que nos administran las bolsas de empleo
pero como empresas son trabajadores bajo
nuestra operación sabemos que estas
empresas deben reportar a los
trabajadores
vale recordemos que la norma ya aclaró
eso y dijo no las empresas de servicio
temporal la van a adelantar de manera
directa de ella y el beneficios para
ellas no para la persona que contra
todos estos empleados por servicio
temporal
sin embargo valga la pena recalcar de
que si la empresa de servicios
temporales pudo acceder a este beneficio
y yo le tengo 100 empleados y tengo
pleno conocimiento de que él accedió
porque lo voy a poder consultar por el
país pues será muy normal en términos
comerciales decirle hombre traslada me
habla dame una parte de ese beneficio no
es obligatorio no sería obligatorio para
la empresa de servicios temporales de
trabajo asociado pero en un buen término
acuerdo comerciales hombres
trasladamos la nota crédito porque
recordemos que estas empresas tienen dos
beneficios una que la seguridad social
para abrir mayo y junio por la pensión
se redujo en un 10 por ciento o sea que
ya ahí porque antes aportamos la pensión
de un
112 bajo prácticamente a un 2,25 el
costo que valga la pena decirle a ellos
venga usted tuvo beneficios acá me
recibe del pan salame algo también de
ese beneficio a través de una nota
crédito un menor valor en la factura
los trabajadores que trabajan jornadas
de menos de ocho horas que vengan menos
de un salario mínimo legal vigente pero
el aporte de la seguridad social se hace
sobre el salario mínimo legal vigente
estos trabajadores son sujetos del
subsidio vale la norma o el espíritu de
la norma busca es que la persona de
wenger por lo mínimo el salario mínimo
legal vigente aquí quiero hacer esta
precisión porque también va a está a la
pregunta anterior los considerandos
buscan que la persona gane al menos el
salario mínimo entonces si yo en el ibex
cotizó por el salario mínimo pero por
las razones que usted comenta es que él
apenas trabaja dos horas al día entonces
obviamente no alcanza a llegar al
salario mismo pero si cotiza en salario
mínimo una entendería de que no pudiese
acceder
pero recordemos que quien va a ser el
cálculo en la ugp de la ogp cuando le
llegue a decir si trabajo 30 días cotiza
el salario mínimo es posible que la ogp
vaya a contar ese empleado la que si lo
contarían para mi concepto el espíritu
de la norma habla que devengan un
salario mínimo y el ingreso hace
cotización dice al menos no salario
mínimo pero si cumple ese requisito
cotizaron que sea la seguridad social
por lo menos por el salario mínimo
entraría ese empleado
justo como se diligencia el formulario
en la parte que pide el número de la
planilla de número se deben colocar en
los espacios que aparecen ahí cuando nos
pide el número de la planilla volverá a
poner la foto la imagen perdón
aquí nos está hablando de la planilla
cuando nosotros pagamos la planilla ésta
arroja un número o sea de dentro
dependiendo el tipo de sistema de pago
en línea que utilice sea que soy nueva
cuando tantos portales que hay de
recaudo estos que en un número ese
número es el que va a colocar acá va a
ser ese número
que usualmente está en la primera hoja
de la planilla
perfecto a la siguiente pregunta dice
cuál es el tratamiento tributario que se
le dará a este beneficio vale hoy como
estado dice la resolución que es un
ingreso y recordemos que al no dar multa
también te especial si no decirme qué es
un ingreso normal y corriente es un
ingreso grabado para el impuesto sobre
la renta y complementaria
porque para que no fuera grabado como un
ingreso
tendría que estar de forma tácita en la
norma o en un decreto que así saliera
legislativo donde me indicara qué
este ingreso es un ingresos no por
sustitución de renta ni ganas ocasional
pero no lo hay por ende es un ingreso
gravado en recta
perfecto nosotros como empleados
efectuamos el descuento de libranza
nosotros como empleados efectuamos el
descuento de libranza sobre el 60% que
nos corresponde a nosotros
la persona puede formular un poco mejor
esperemos que nos escriba nuevamente la
señora paola miranda como empleadores
nosotros como empleadores efectuamos el
descuento de libranza al empleado sobre
el 60% que nos corresponda para que nos
corresponde a pagarle a nosotros
entiendo que el empleado debe tener
algún descuento por libranza voy a poner
un ejemplo
la persona de venga un millón de pesos
y a ese millón yo le descuentos algo y
pensión y para eso también le descuento
las libranzas al final el empleado se
gana 200 mil pesos yo o la empresa le
tiene que pagar los 200 mil pesos si la
empresa fue beneficiaria en los 351 mil
pesos esos 350 indicó lo que le ayuda a
ésta a pagarle la nómina a él porque
recordemos que ese millón de pesos yo
debo de pagarle a él es contra salud y
pensión pero yo voy pagarles a libras a
la persona por el juicio se lo descuenta
al empleado entonces estos 350 mil pesos
no es que le sume el salario del
empleado todo es cáritas a ganar millón
350 en el se siguen devengando un millón
y si yo tengo descuento por libranza él
va a recibir 200 mil pesos es eso lo que
la norma me está diciendo no es que él
va a recibir mínimo a 351.000 no sino
que él va a recibir sus 200 mil pesos
porque aquí tienen un dinero para ayudar
el pago de esta nómina lo importante va
a ser pagarle los 200 mil
y claro pagarle su respectiva libranza
y si un empleado tiene embargo por
alimentación lo mismo pasa vuelvo y
repito uno le puede aplicar todos los
descuentos normales al empleado todos
los descuentos está por embargo sea por
embargo de alimentación sea por
recordemos libranza sea por préstamos
que le ha hecho la misma empresa el
anticipo en la nómina por ejemplo no
importa
roger preguntan han establecido días
exactos de junio en el que van a
entregar el beneficio por el mes de mayo
si hay alguna fecha alguna fecha
establecida en junio en el que van a
entregar el beneficio del mes de mayo
como ustedes veían cuando leemos cada
uno de la presentación una en la
en mayo es decir como yo me postuló en
mayo esta semana es posible que
comiencen a entrar esos dineros posible
o como es posible una parte entran los
primeros días de junio
ahora para junio si es totalmente claro
que los pagos del aporte van a entrar a
finales de junio que cuáles van a ser a
finales recordemos que la plantilla
financiera y la ogp tendrá plazo para
reportarle a la ugp
un asta
va a tener el plazo por ejemplo en junio
lanza hasta el 17 y recordemos que luego
el 17 la ugp tiene hasta el 23 de junio
o sea que estaremos hablando de que el
pago lo podemos recibir entre el 24 de
junio al 30 de junio para el mes de
junio el aporte o el beneficio a final
de mes lo mismo pasará con
y con mayo esperamos esta semana recibir
los que ya se postularon el día viernes
no se postulan el día de hoy que la ogp
cuando la entidad financiera envié los
documentos al banco ese va a ser el
único mes atípico donde van a pagar a
finales de mayo y los primeros días de
junio
respecto el señor mario muñoz nos dice
no se entiende bien el requisito del 80%
mi empresa en febrero tenía 26 empleados
y en abril se reportó pila con cuatro
trabajadores mes completo y 14 es con
licencia de remuneración por 15 días del
mes todos los 18 trabajadores exportados
en abril aparecían en febrero se puede
pedir auxilio al menos por los 4
trabajadores la disminución del ingreso
fue del 78 por ciento vale me vuelves
por favor a repetir la pregunta que me
parece muy buena para aclaraciones 80
por ciento
no entienden no se entiende bien el
requisito del 80% mi empresa en febrero
tenía 26 empleados en abril se reportó
pila con cuatro trabajadores mes
completo y 14 con licencia no remunerada
por 15 días del mes 16 emplear reportado
como licencia no remunerada cierto 14 14
entonces tenemos 16 más 4 donde aquel
para la fila de abril tenía 18 empleados
de esos 18 no puedo aspirar por la
audición sino que sólo puede aspirar por
esos 4 es decir por cuatro empleados
penas por aspirantes de esos cuatro esos
cuatro el 80 por ciento de cuatro en
este caso voy a cerrar valores 3
estaban en la pila de febrero si estaban
en la fila de febrero eso sí esos cuatro
empleados estaban en la fila de febrero
yo puede solicitar el aporte por esos
cuatro empleados
acá es lo que nos está hablando la norma
para el cálculo para el cálculo no me
van a dar es por los 16 que tenemos con
licencia no remunerada porque ya hemos
hablado de que esos 16 nos cuentan como
empleados pero la normal no está
hablando para el cálculo no para saber
si usted es beneficiario entonces se
puede ganar el aporte por cuatro
empleados
los 30 esos cuatro que fueran de febrero
el dinero que se recibe de la
postulación de mayo es para pagar la
nómina del mes de mayo o de la de abril
ya pague la nómina la nómina de abril
debo pagar ese beneficio vale muy buena
pregunta
este sistema nos cambia y es nos pide un
requisito haber pagado en las nóminas de
abril entonces me llega el auxilio en
mac es auxilio de mayo me va a servir
para pagar la nómina demás
o para pagar lo que se tenga que pagar
si ya pague por ejemplo toda la nómina
hable cuando venga junio yo tengo que
volver a certificar que pague la nómina
de más si yo no pago la nómina de mayo
pues no me dan el aporte en junio
entonces obviamente el recurso que yo
recibo en mayo pues lo más sensato a ser
utilizarlo para el pago de la nómina si
ya pague la nómina de mayo porque se
paga una vez al mes los primeros días
pues podrás emplear esos recursos para
otras necesidades que tú tengas cuál va
a ser lo importante aquí que la nómina
ya esté paga que la nómina de mayo
también ya la pagues para que puedas
aspirar en el próximo mes decir en donde
puedas volver a aspirar y lo mismo va a
pasar en función y tienes que pagar la
nómina de junio para poder aspirar
nuevamente al país en julio
listo la pregunta siguiente pregunta
dice hicimos un convenio por mutuo
acuerdo con la jornada laboral pero
cotizamos la seguridad social por el
salario mínimo podemos acceder al
subsidio si la cotización es al menos el
salario mínimo y es cumplen todos los
demás requisitos ojos acá no es tanto
que hayamos hecho el convenio sino es
primero para acceder hay que cumplir
todos los requisitos que ya vimos que
son haber de renovar la matrícula hasta
el año 2019 haber disminuido los
ingresos en un 20 por ciento haberse
constituir antes del primero de enero
tener una cuenta de depósito en 6 si
cumples esos requisitos
puedes acceder ahora cuánto va a ser el
cálculo pero igual te van a dar el
aporte que si tú tienes en la vida por
lo menos devengan el salario mínimo
legal vigente al menos el salario podrás
acceder sin ningún tipo
recordemos que aquí la norma nos dice al
menos que devengan el salario mínimo
legal vigente ya que yo me puedo ganar
puedo estar al tope en los 25 salario
mínimo legal vigente y aún así me haría
de la forma pero al menos debo estar
sobre un salario mínimo legal vigente
si el representante legal se paga nómina
como empleado aplicaría para el
beneficio teniendo en cuenta que se paga
su seguridad social
no porque recordemos que en este caso si
yo soy una persona natural que tiene
empleados pues yo también internamente
me pago mi seguridad social
recordemos que eso es para efecto de eso
se considera como un cordón
independiente que no no me cuenta es
decir bien no me puedo auto contable
otra pregunta tenemos este beneficio lo
podemos tomar para cancelar nómina de
junio teniendo presente que tenemos 30
días para hacer uso de ellos no pero los
30 días habla es que no son embargables
es que son y no son embargables si yo
tengo ese dinero
hoy recibí el dinero
muy rotundas
expresamente tengo como una voz externa
por favor si podemos poner en silencio
entonces tenemos ahora si recibimos el
aporte hoy recordemos qué
y
yo sé dinero ya pague la nómina abril ya
pague la de mayo pues es un dinero que
ya por ponerle un desastre en otros
términos los pobres de utilizar para
pagar a otras cosas pero hacer necesario
que yo tenga pagada la nómina abril va a
ser necesario que tenga pagada la nómina
de mayo para ser necesario tenga pagar
la nómina de junio para poder seguir
accediendo al beneficio porque si no
paga ni la nómina ni la seguridad social
no puede acceder al beneficio
una es tal donde uno de sus fundadores
es la gobernación del atlántico puede
acceder a este beneficio muy buena
pregunta recordemos que las entidades
sin ánimo de lucro voy a poner un caso
una fundación no está su patrimonio no
está dividido por capital por ende lo
que en verdad son lo que tiene es un
aportante inicial o donatarios iniciales
que en un aporte inicial o hacen parte
de la junta directiva quiere decir que
no pudiésemos hablar del famoso 50 por
ciento de entidades descentralizadas
porque éste no tenemos un porcentaje de
participación aquí podemos tener es como
un foro de decisión pero la norma nos
habló específicamente que no tenga más
de un 50 por ciento de participación o
sea que en principio si pudiésemos
acceder a ella que es que no tengamos ni
un 50 por ciento de su capital o sea que
recordemos que estos
d
este no es un capital lo que tenéis aquí
en principio para mi concepto pudiese
acceder
pero que tenemos tiempo para una última
pregunta si la entidad financiera me
pregunta valor nominalmente actual este
valor con deducibles préstamos
descuentos salud pensión o es solo el
valor del salario
vale valor nominal para mi concepto va a
ser el valor que corresponde el valor a
pagar a los empleados en este caso los
devengos el valor de la nómina miento de
los dispuestos de salud pensión
bueno desafortunadamente se nos ha
acabado el tiempo por hoy siempre
quedaron algunas preguntas que podíamos
consignar al correo electrónico de
nuestro compañero efe s/a
cámara back punto o hereje muchísimas
gracias nuevamente por habernos
acompañado y quieren marcela claro
porque lo que siguen preguntando muchos
sobre el 80 por ciento quiero reiterar
lo primero que quiero decirles y es
válido es que las formas como correcta
para mi concepto está más que mal
redactando la planta no es claro cómo
quedó pero lo que quiero hacer énfasis
es que a eso es para el cálculo ojo no
es para acceder al beneficio es para
saber el cálculo de cuánto va a ser el
valor que yo voy a recibir quiere decir
que yo tengo 100 empleados en febrero y
disminuir y disminuir nómina
considerablemente y baje a 50 ahí no me
están diciendo que haya bajado su nómina
en un 50 por ciento no hay lo que me
están diciendo es que de esos 50
empleados que tengo o que voy a postular
el 80% coincide con la pila de abril es
decir que de estos 50 estos 50 por lo
mínimo el 80 tiene que estar en la
nómina de abril y de febrero perdón si
está en la nómina de febrero a mí me van
a pagar por los 50 pero si yo no cumple
el 80 sino que de estos 50 empleados
apenas coinciden 20 con la de con la de
febrero a mí me van a pagar por esos 20
y unos adicionales entonces aquí es
tradicionales es una fórmula interna que
ha hecho la afp que en la norma ni
siquiera es clara no lo deja claro ni
siquiera pero quiero reiterar es para el
cálculo no para acceder pues muchos de
opinantes han dicho no es que si usted
redujo su nómina de más del 80 por
ciento no es para el cálculo recordemos
que para acceder ya hablamos con eran
los requisitos pero requisitos haberse
constituyente del primero de enero
los requisitos son de tener una cuenta
depósito a ver de un dinero su ingreso
en más de un 20% no haber recibido el
aporte más de tres veces
a la persona tur al tener más de tres
empleados palencia a sí mismo libro
aportar el rut declarar rentado e
información exógena entonces no lo
confundamos ese 80%
y además que recordemos que este cálculo
que lo hace de la un gp
perfecto bueno muchísimas gracias roy de
9 más por estar con nosotros esta tarde
esperamos que haya sido clara esta
información para nuestros participantes
en la invitación ahora es para que
mañana se conecten en nuestras
capacitaciones virtuales tendremos una
de las 8 de la mañana que es el taller
de oro teórico práctico del sector de
construcción conoce cómo adaptar el
protocolo de bioseguridad de tu empresa
ya las dos y media de la tarde
transforma tu un negocio a digital hoy
mismo muchísimas gracias por
acompañarnos
marcela ha sido todo un gusto
acompañarlos de esta tarde gracias por
la invitación como siempre un saludo
para todos los asistentes dios los
bendiga un abrazo
bueno nos seguimos reinventando para
apoyarlos en la evolución de sus
negocios y con el fin de seguir
enriqueciendo nuestro portafolio de
soluciones
recuerde responder la pequeña encuesta
para nosotros es muy valiosa su opinión
y la manera que tenemos de recibir su
retroalimentación al tiempo que
aprovechamos de este espacio para tener
a nuestro alcance e información que nos
sirve para insumo para compartir es el
material de apoyo muchísimas gracias a
todos nuestros participantes por
habernos acompañado en esta tarde en
este espacio de conocimiento que la
cámara de comercio de barranquilla ha
dispuesto para ustedes con estos
empresarios que son nuestra razón de
estar hasta pronto estable.