Buenas tardes les habla marcela mendoza
el nombre de la cámara de comercio de
barranquilla reciban todos una cordial
bienvenida a este espacio virtual que
hemos propiciado pensando en el
bienestar de nuestros empresarios y
conscientes de la importancia de acoger
las medidas que se requieren para cuidar
de ustedes que son nuestra razón de ser
antes de iniciar nuestra jornada de hoy
queremos que sepan que la cámara de
comercio de barranquilla continuará
poniendo a su disposición cartas de
conocimiento y demás soluciones al
alcance de todos para que sigamos siendo
su aliado en la evolución de sus
negocios les invitamos a consultar
nuestra página web donde encontrarán la
programación de las próximas charlas
virtuales que vamos a estar realizando
especialmente para ustedes a
continuación le damos la bienvenida a
nuestro conferencista de hoy el señor
roger román sánchez quien es socio de la
firma rooselvet por bs a consultor en
materia tributaria de importantes
empresas de la zona norte de colombia
docente más de 200 horas de experiencia
como conferencista es contador público y
candidato al título de derecho
certificado en y frs pool
y frs para pymes por el isi
wv de londres inglaterra
hoy nos hablará sobre el nuevo beneficio
del estado por el cual se otorga
auxilios en el pago de la nómina al
finalizar de su intervención
estaremos enviando una encuesta que nos
permitirá conocer cómo ha sido su
experiencia valor valoramos mucho sus
respuestas porque con ella seguiremos
construyendo soluciones para nuestros
empresarios si tienen preguntas o
inquietudes solicitamos por favor
escribirlas en el buzón de preguntas
estaremos ofreciendo un tiempo al
finalizar para aclarar todas estas dudas
que se generen de esta actividad muchas
gracias a todos y nuevamente bienvenidos
los dejo con el señor freud
muy buenas tardes para todos buenas
tardes para ti y marcela buenas tardes
para ti fausto y en especial para hoy
todos los presentes que hasta ahora nos
convocan para hablar de un tema de mucho
interés siempre vas agradeciendo a la
cámara de comercio por su invitación
quiero antemano pues espero todos se
encuentren seguros todos cumpliendo las
normativas y los deberes obligatorios
lo dice el flyer hoy nos invita a hablar
de algo muy importante para nosotros que
tiene que ver con el nuevo programa de
apoyo al empleo formal que para nuestra
charla y para todos los respectos se ha
denominar el país
entonces sin más preámbulo quiero
comenzar hablando de este importante
decreto
antes de comenzar quiero recordar unas
cosas que son muy importantes para la
comprensión de toda esta charla y para
lo que venga a futuro hoy al final de
esta charla habrán muchísimas preguntas
que seguro alcanzaremos aclarar muchas
pero también será necesario advertir que
este decreto requiere otras aclaraciones
adicionales una de las grandes preguntas
las personas naturales hace alrededor de
una hora el ministro de hacienda acaba
de pronunciarse donde va a decir también
van a entrar las personas naturales lo
acaba de anunciar a través de la w radio
que va lenta las personas naturales
comerciantes que tengan más de tres
empleados pero ya lo veremos al final
entonces términos para esta charla
primero recordemos que nuevamente a
través del decreto 637 el gobierno
volvió a declarar el estado de
emergencia económica social y ecológica
y este nuevo término que arranca a
partir del 6 de mayo hasta el 6 de junio
nace con ocasión a que el gobierno tiene
que tomar nuevas medidas en materia
económica con ocasión a la contingencia
kobe y es nuevo y es que ahora el apoyo
viene para el sector empresarial
en el primer decreto pues para el apoyo
a la población más vulnerable y también
para tomar todas las medidas necesarias
y controles frente al tema de las
pandemias ahora viene son nuevos
decretos que tienen fuerza de ley esto
que quiere decir que no tiene que pasar
en ningún momento por el legislador para
que sea aprobado quiere decir que estos
decretos es como si fuéramos hablando de
una ley que se llama decretos
legislativos estos decretos legislativos
claros también tienen su control
constitucional que no realiza la corte
constitucional este decreto es
legislativo o esta parte discúlpeme ese
estado de emergencia económica irá hasta
el 6 de junio así que veremos este
decreto y muchos decretos adicionales
que seguramente contendrán beneficios
otro término importante recordar que la
emergencia sanitaria va hasta el 30 de
mayo y que hasta el último decreto casi
636 el aislamiento obligatorio hasta el
25 de mayo
ahora comenzemos para hablar del decreto
639 y cuando uno arranca
a estudiar cualquier decreto legislativo
o cualquier norma lo primero que uno
observa es sus considerandos y en los
considerandos vemos que tienen dos que
para mi concepto son crucial citar y uno
tiene que ver con el comunicado de
prensa del fondo monetario internacional
en el cual
es indica el fondo monetario si se debe
dar prioridad al apoyo al apoyo fiscal
de lo que es o focalizado a los hogares
que ya colombia lo lo comenzó a hacer y
ahorita también tiene que darle un apoyo
a las empresas que son las más
vulnerables con el fin de poder agilizar
la recuperación del año 2022 nótese que
ya se habla que el año 2020 pues va a
tener una contracción la economía y un
segundo elemento muy importante que
ellos traen es el tema de confecámaras
la encuesta en la encuesta ellos
establecen que más del 85% de los
empresarios han manifestado no tener
recursos más allá de dos meses pues
vemos que eso no solamente de pasar la
empresa creo que nos pasa absolutamente
a todas las personas naturales también
entonces lo que hay es hombres no todos
las empresas recursos para vivir más de
dos meses por ende después de estos dos
meses no habrá haciendo lugar a los
despidos masivos
en tal sentido y a partir de estos
considerandos salen decretos
legislativos 639 denominado vice este
pack significa o que es esto es un
decreto que es un programa de ayuda
estatal que tiene como objetivo proteger
el empleo formal nótese que habla del
empleo formal empleo formal es aquella
persona jurídica o persona natural que
tiene empleado una persona cumpliendo
todos los requisitos normativas
laborales que también tiene no está
afiliado a seguridad social
entonces primero es un programa de apoyo
estatal nótese que cuando nos habla de
apoyo estatal y nos dice que es un
aporte monetario es un aporte monetario
estatal para el pago de nómina y aquí lo
primero que podemos ver es que ya no a
diferencia de los votos beneficios han
sido cuando ocasión a ayudar a la
financiación de las empresas aquí ya no
se está buscando una financiación sino
un apoyo de manera directa del estado es
decir él
la ayuda en la colocación de estos
recursos y nos dicen que este apoyo
económico se va a realizar hasta por
tres ocasiones y estas tres vocaciones
va a ser por los meses de mayo junio y
julio que es la temporalidad de este
auxilio o también denominado corte
monetario en tal sentido esta
temporalidad o estados este apoyo sólo
va a ser por los meses de mayo junio y
julio y sólo para aquellas compañías que
accedieron a los beneficios de línea de
crédito para nómina pues poder
solicitarlo hasta el mes de agosto pero
en ningún momento va a ser superior a
tres veces el auxilio vuelvo y repito es
un aporte monetario que va el estado
para el pago de nóminas
2 que es un aporte que va a ser hasta
por tres veces iba a ser por los meses
de mayo junio y julio y sólo en casos
muy particulares va a ser hasta el mes
de agosto pero en ningún momento va a
superar tres veces el aporte monetario
y ahora la primera pregunta quiénes
pueden acceder a este beneficio al
beneficiario o ser beneficiario del país
podrán ser no te saca las personas
jurídicas
aquí de antemano ya quedó por fuera las
personas naturales que como lo acaba de
manifestar ahora en la mañana estamos
hablando hace media hora una hora acaba
de anunciar el ministro de hacienda
alberto carrasquilla que también va a
salir para las personas naturales pero
seguramente será en otro decreto
adicional y no será anís también nos
habla entonces que son personas
jurídicas que cumplan los siguientes
requisitos primer requisito y quiero
irme
quiero irme con uno de los más
importantes y el de carácter o objetivo
tener necesidad estatal de aporte
estatal y quiénes son los que tiene
necesidad de aporte estatal aquellas
personas jurídicas que hayan disminuido
su ingreso
en comparación de abril contra abril
2020 contra 2019 en un porcentaje igual
o superior al 20 por ciento y acá
nosotros lo primero que consideramos que
esto va a ser con base en los ingresos
de operación
en este caso va a ser lo que diga
contabilidad sin embargo y aquí quiero
hacer salvedad porque sé que a ganar
muchas pregunta al final está pendiente
de reglamentación y es necesario que
esto lo reglamente porque recordemos que
existen un gran número de viajes
económica en muchos sectores económicos
que su sistema reconocimiento de
ingresos es muy diferente al que uno
diría fue simplemente lo que ya factura
hoy ya no eso tiene una serie de aristas
que será necesario que entra a regularse
a través de un decreto reglamentario que
ya quedó establecido que será el
ministerio de hacienda que seguramente
estará saliendo entre el día de hoy a
más tardar el día viernes y estaremos
muy atentos a comunicarles este segundo
requisito el primer requisito haberse
constituido
antes del primero de enero el 2020 y
aquí cuando hablamos de esta
constitución recordemos que cuando uno
se constituye tiene que llevar la lata y
reinstalar ante cámara de comercio por
la fecha de constitución será la que
figura en el registro mercantil que es
el documento al registro y tonio que me
da oponibilidad ante terceros luego nos
dicen que además de estar constituidos
debemos obligatoriamente tener un
producto de depósito con un ente a
financiera debidamente reconocida y
vigilada por la superintendencia
financiera
en otras palabras tener una cuenta
bancaria una cuenta bancaria puede hacer
de ahorros podrá ser corriente podrá ser
una cuenta a través de una fiduciaria es
tener una cuenta de depósito y aquí pues
nos volviendo resalta el decreto no
entran las entidades estatales o
descentralizadas que el estado tenga una
participación superior al 50 por ciento
adicional esto nos pone en un requisito
muy importante y es que el segundo
requisito es que tengo que tener
registro mercantil y que debo estar
renovado por lo mínimo hasta el año 2019
recordemos que a través de un decreto
legislativo se aplazó la renovación de
se puede hacer la renovación del año
2020 hasta junio porque quiero que
tengamos muy claro eso se puede hacer
hasta junio aquí nos están hablando que
la renovación tiene que estar mínimo
hasta el año 2019 renovación recordemos
se hizo en el año 2019 sea decir el año
anterior de las empresas que no hayan
renovado con la invitación es renueven
de manera automática año 2019 y pues si
hay el exceso de recursos y la
posibilidad pues también de una vez
renueve el año 2020
ahora bien luego tenemos que hay una
gran cantidad de entidades que no tienen
que estar rebaja ante las cámaras de
comercio como son las entidades sin
ánimo de lucro estas entidades sin ánimo
de lucro
deberán a por en vez de aportar el
certificado existencia y representación
legal deberán adjuntar el registro único
tributario también llamado root este
root y aquí viene un tema de
interpretación que nosotros hoy tenemos
y hemos coincidido con muchos colegas es
que nos hablan de entidades sin amor yo
creo que aporté en el root donde
demuestra que son del régimen tributario
especial y cuando habla del régimen
tributario especial uno entenderá que
está hablando de la responsabilidad 04
que dice el régimen tributario especial
esto qué quiere decir
como esa solamente estaría entrando
fundaciones asociaciones y corporaciones
por ende estaría quedando por fuera las
iglesias por ejemplo que son entidades
no contribuyentes estaría quedando por
fuera los sindicatos estarían quedando
por fuera las propiedades horizontales
en este caso por ejemplo las comerciales
los centros comerciales aquí quiero
precisar que seguramente esto va a ser
objeto de aclaración en una de las
entrevistas que le hicieron al ministro
de hacienda y discúlpeme entender que
citar son estas entrevistas cabe
resaltar que estas entrevistas no son
fuentes auxiliares del derecho pero en
esta al manifiesto cuando le hacen esta
pregunta el manifesto de que va a
aclararlo con su equipo pero que la idea
inicial era que todas las entidades en
el mismo libro entrar pero hoy como está
el decreto no sólo está entrando la
fundación de las asociaciones
y las corporaciones tenemos el tercer
requisito que es un objetivo ya lo vimos
y lo vamos a englosar más adelante
tenemos un cuarto requisito y es no
haber recibido el aporte estatal forma
de tres ocasiones quiere éste esto va a
tener importancia por allá para los
meses de junio o agosto cuando ya la
compañía tal vez fue beneficiaria en
tres ocasiones de este beneficio pues no
puede nuevamente aspirar a un cuarto y
tenemos un quinto requisito es cuando no
tengas obligación a restituir el aporte
y aquí ya lo veremos más a fondo
adelante y aquí estamos obligados a
restituir el aporte cuando no utilizó
este aporte monetario para el pago de
nómina no lo utilizó o no cumplen lleno
de los requisitos y aún así recibí el
aporte o aporte unos documentos falsos
entonces como ya vimos no aplica para
personas naturales no aplica para
entidades estatales no aplica para
iglesias no aplica para
otras entidades de moscú como cruz roja
no aplica por ejemplo propia horizontal
que será necesario aclarar que aquí
quiero ser muy empático esto tendrá que
aclararlo el ministerio porque hoy para
mi concepto no está
ahora la pregunta cuánto es el valor del
aporte que vamos a recibir por el país y
acá tenemos que va a ser es a través de
una fórmula como sigue va a ser número
de empleados número de empleados
hasta el 40% en salario mínimo legal
vigente es decir hasta 26 siendo 15 será
el valor hasta 351 mil pesos para cerrar
valores el número de empleados hasta por
los 350 mil pesos pero la norma también
no define cuál es ese número y también
nos define que es empleado para efectos
del país y nos define para efecto del
país que un empleado es ya que quiero
mucha atención nos define que el país es
una persona natural dependiente
dependiente dependiente afiliado a
seguridad social
afiliado seguridad social que tiene un
ingreso base de cotización mínimo o por
lo mínimo o al menos el salario mínimo
legal vigente persona natural
dependiente
afilado a la pila y que esté por al
menos al menos esté cotizando por el
salario mínimo aquí también es muy
importante resaltar que en el mes de
postulación porque aquí surgían muchas
dudas cuando hablamos del mes de
postulación el mes 1 es mayo mes 1 es
mayo en mediapro fundación que es este
primer mes y en ese mes de postulación
la norma nos dice ojo en la postulación
que usted haga estos empleados que usted
va a postular no pueden tener novedades
como suspensión del contrato y licencia
no remunerada y aquí recoge muchas
preguntas que he tenido en estas charlas
que hemos dictado sobre esta materia y
él
tener muy presente que la suspensión de
contrato no me está hablando de abril
sino que me está hablando de match
entonces es que en mayo en mayo no puede
tener esta novedad de suspensión de
contrato ni de licencia no remunerada y
recordando que un empleado será
dependiente afinado a la pila y que
tengo un ingreso a base de cotización de
por lo mínimo el salario mínimo legal
dice luego nos dice cuánto es el número
de los empleados ya definimos que era un
empleador y está cuánto es el número la
norma nos habla de una fórmula muy
sencilla y nos dice el menor entre o sea
menor entre
el número de empleados
el número de empleados que está en pila
a febrero es decir el número de plazos
que que reportamos en la pila en febrero
que recordemos que se paga en marzo y
esto haya sentido en algo y es que si se
apila con la seguridad social se
entiende presentada cuando se paga y
quiero arrancar con eso
2
va a ser el menor entonces el que se ha
reportado en la pila de febrero que se
paga en marzo versus el número de
trabajadores que la persona jurídica
busca proteger o requiere con el auxilio
y aquí quiero citar un ejemplo muy
importante
para el mes de febrero
teníamos 200 trabajadores febrero y se
pagó la pila en marzo iba la compañía en
marcha con ocasionando el cob y la
empresa tuvo una reducción muy
importante en número de empleados y de
200 bajó a 100 empleados tenemos 100
empleados
de esos 100 empleados la compañía
proyecta que en mayo proyecta que le va
a suspender el contrato a 50 personas
elevar una licencia no remunerada
entonces si les va a suspender el
contrato o le embargó una licencia no
remunerada de 50 personas en tres
proyectos proteger apenas 50 cuando el
aspire su número de empleados van a ser
50 personas porque recordemos que vamos
a comprar 50 versus 200 cuales menor 50
ustedes va a ser número de empleados que
son 50 por hasta el valor del 40 por
ciento del salario mínimo y aquí quiero
mucha claridad es el número de
trabajadores que en mayo para el mes de
postulación se busca proteger y que no
puede tener estas novedades como
suspensión de contrato o licencia no
remunerada aquí han hecho también unas
preguntas muy importantes que tienen que
ver qué pasa con los que tienen
capacidad por ejemplo de 30 días
varios doctrinales consideran que estos
no se pueden aspirar al beneficio
particularmente también éstos serán es
necesario que el gobierno lo aclare en
lo particular yo considero que si
podrían entrar yo considero es una
exposición de la firma pero
particularmente considero que se pueden
dar porque la norma nunca hablo de eso
la norma sólo hablo de que tengan estas
dos novedad pero será algo necesario que
seguramente el ejecutivo el ministerio
entrará a aclarar
ahora bien ya hemos visto entonces que
es el pan ya hemos visto quienes se
pueden beneficiar
ya hemos visto cuánto es el valor del
aporte y cuánto puede aspirar una
compañía el aporte ahora vamos a ver
cómo nos podemos postular cómo podemos
hacer y aquí quiero ser muy enfático a
través de unos documentos públicos que
ha emitido el ministerio ha manifestado
que para arrancar a partir del día lunes
es decir el 18 de mayo y el 18 de mayo
es que se pongan las empresas postular
sin embargo hay algunas compañías que ya
han enviado en muy juiciosas todos sus
papeles sin embargo podrá pasar dos
cosas podrá pasar de que el banco le
diga o no lo necesito que lo haga bajo
estos documentos que sea son los
formularios establecido hágalo
nuevamente o no darle trámite a partir
del lunes a los documentos que ya
entonces procedimiento para postulación
por primera vez por primera vez decir
ahora imagen
primero estos documentos se van as
anexar o se van a solicitar ante la
entidad financiera donde se tenga el
depósito y puede ser que una empresa
tenga cinco cuentas bancarias aquí la
recomendación va a ser que utilice la
cuenta bancaria o el banco donde se
tiene el depósito es decir donde hace el
pago de nómina por la que hace el pago
de nómina entonces si tenemos los bancos
a bs de que resulta que yo pago la
nómina es por apuesta lo más prudente
será solicitarlo a través de a
voy donde a que es el banco la entidad
financiera ya como solicitante lo va a
hacer el representante legal el
representante legal va a ser una
solicitud formal esta solicitud formal
se espera que hay un formulario especial
para esto mientras sale pues en este
representante legal hará una solicitud
formal a la entidad financiera donde
manifiesta que desee acogerse al
beneficio del país y esta solicitud aquí
quiero que me sigan muy bien esta
solicitud que hará el representante
legal deberá anexar dos documentos tres
primero la solicitud que se presenta
antes para recordemos que esta solicitud
puede ser de manera virtual a través de
un correo electrónico
entonces esta solicitud va a tener
adjunta primero un certificado
existencia y representación legal hay
que comprarlo hasta después de la cámara
de comercio recordemos que la cámara de
comercios y la barranquilla tiene
habilitada la compra en línea si es una
sal es simplemente descargar el root
segundo debe adjuntar un certificado
firmado por representante legal y
revisor fiscal o contador cuando no
hubiera lugar
a tener revisión fiscal y este
certificado deberá contener tres
elementos o tres cosas que se certifican
y recordemos que fue una certificación
de partes donde firma tanto el
representante legal como firma el
revisor fiscal hubo contador si no
hubiera revisor fiscal o no hubiera
obligación a hecho
va a certificar el número de empleados
que se mantendrá y aquí quiero
manifestar algo para la administración y
tanto para el auditor sin revisar fiscal
aquí la administración debe de proyectar
y debe la administración debe proyectar
cuántos empleados considera que se van a
beneficiar o necesita que se beneficie
con el país entonces volvemos a mi mujer
no recordemos que habían 100 empleados
para mayor pero de los 100 tienen 50
empleados licencia no remunerada o
tienen suspensión de contrato estos
otros 50 son los que la administración
proyecta que van a ser los que se van a
beneficiar por el pago segundo deberá de
certificar si la compañía disminuyó en
este caso la persona jurídica disminuyó
sus ingresos en más de igual o superior
a un 20 por sus un 20 por ciento sus
ingresos entre el año 2000 entre abril y
abril
2020 versus abril del año 2019 pero se
dirá qué pasa si la compañía se
constituyó en agosto del año 2019 lo que
han dicho estas estos comunicados de
prensa de parte del ministerio es que se
tendrá que comparar contra enero y
contra febrero
en tal orden el tercer lo tercero que se
deberá certificar el que estos recursos
van a ser utilizados exclusivamente para
atender el pago de salarios y esto no se
puede destinar ni para el pago arriendo
esto no se puede generar para el pago de
obligaciones financieras esto sólo se
puede destinar para el pago de nómina es
por ello la importancia de la
certificación y yo sé que sobre esto
pudiésemos andar mucho sobre todo para
los auditores para referirse a los
contadores y también tanto para la
empresa de representante legal éstas
traen certificados tienen que estar muy
bien justificado tiene que estar bien
justificado cuanto se proyectan el
empleado validar que si se haya cumplido
la disminución del ingreso y también
dejar claro que esto se va a utilizar
únicamente para el pago de nómina
una vez entregados estos documentos aquí
quiero también hacer otra aclaración
el país oeste auxilia este aporte
económico lo recibe la persona jurídica
para el pago de nómina esto no quiere
decir que ahorita el empleado le va va a
devengar más es decir si el empleado
devenga un millón de pesos lo que va a
pasar es que la persona jurídica en este
caso el de empleador que recibe el
aporte económico recibe vamos a poner un
valor cerrado 350 mil no es que el
empleado se vaya a ganar 1.350.000 no es
que de ese millón esos 350 mil pesos va
a ayudar para pagar ese millón de pesos
y los otros 750 mil nos pondrá el
empleador eso es algo muy novedoso que
vemos por primera vez en el estado que
está dando estos auxilios los aportes
económicos a las personas jurídicas
luego tenemos ya un proceso interno para
la entidad financiera y es que una vez
recibido estos documentos
la entidad financiera debe validar que
estén completos que es que estén
completos pues que haya juntado el
certificado existencia y representación
recordemos que usualmente los
certificados se gusta que no sean
superior a un mes pues va a ser muy
importante pues expedir los nuevamente
dos pues va a validar que la persona que
hace la solicitud del representante
legal concuerde con el que está en el
certificado representación legal y
también va a validar pues que está a
punto el certificado que acabamos de
hablar luego de que el banco tiene esta
información deberá informar al aunque pp
pues que esta persona jurídica se está
postulando a la afp como lo decía está
pendiente de reglamentación y de que
salga y aquí hubo esto andando un modelo
de certificado pero el ministerio de
hacienda salió a publicar de que este
documento era falso muchos me incluyo lo
compartimos creyendo que era pues un
documento de buena fe de alguien pero
era una facebook así que no ha salido el
documento oficial
el instructivo muy seguramente muy bien
repito saldrá de aquí al viernes
posiblemente o cuando terminemos está
esta charla vamos a hacer que haya en
ese mismo momento esté saliendo ahora
bien recordemos qué
el auge pp obviamente hallaron con un
control con esto y haya sentido en la
medida de que si no llevase un control
pues uno diría si uno tiene cinco bancos
by los piden cinco bancos entonces eso
va a ser como la el control que que va a
tener entre los bancos también se está
pendiente que se reglamente cómo va a
ser ese esa interacción del banco con la
afp
y quiero recalcar una vez postulados
cuando usted se postula es decir usted
llena la solicitud
usted acepta las condiciones del auxilio
y ya recordemos cuáles son las
condiciones del auxilio que una vez
recibes auxilios solo es para el pago de
nómina muy importante que es una
condición más importante y 2 en usted
postularse o llegar a estos papeles no
quiere decir que usted vaya a ser un
beneficiario no habría lugar a que no
pero no puede usted diligenciar esto
quiere decir que sea beneficiario porque
como lo dijimos al inicio puede ser que
usted sea una por ejemplo una persona
natural pues usted se postuló como
persona natural pero no puede pasar
por otra parte el ministerio de
hacienda- va a establecer cuál va a ser
el procedimiento que tendrán que hacer
las entidades financieras por ello digo
que se habló que arranca a partir del 18
de mayo estas postulaciones también va a
definir cuáles van a ser los plazos para
cumplir pues todos estos requisitos y
cuándo van a ser el pago aporte lo que
han dicho vuelvo y repito no sirve como
fuente de derecho pero lo que se ha
dicho a través de entrevistas del
ministerio es que los pagos o el primer
pago del país se estaría haciendo a
finales de mayo es decir que la próxima
semana se nos postulamos todos y al
final de la última semana decir la
cuarta semana de mayo estarían llegando
los recursos
ahora
si lo vamos a solicitar por segunda vez
es decir ya no en mayo sino que estamos
en el mes de junio en el mes de junio
deberemos además de adicionar estos
documentos que ya vimos que la solicitud
que es el certificado existencia y
representación y que es el certificado
de firma por el contrario al realizar
fiscal deberemos adjuntar un
cuarto documento
discurso
debemos adjuntar un cuarto documento y
este cuarto documento es una
certificación del representante legal y
revisor fiscal del contador si no
hubiera lugar hasta aterrorizar fiscal
donde se manifiesta que el uso de los
recursos que se recibieron en mayo se
utilizó para el pago de nómina y aquí va
a ser muy importante que además de que
se destinó para el pago de nómina se
tiene que confrontar de que haya sido el
número de las nóminas que se proyecto
qué quiere decir eso
que si en mayo recibimos los recursos
voy a poner un ejemplo recibimos un
auxilio por tres millones quinientos que
representan diez empleados pues se
entenderá que el pago de nómina yo le
pagué mínimo y que cumplirán los
requisitos fueron diez empleados si
fueron ocho tendremos que restituir el
aporte y ya lo veremos a profundidad y
también nos piden un quinto documento
ojo eso es cuando estamos en junio ya
recibimos el aporte inicial ya estamos
en el mes de junio y vamos a solicitar
el aporte el aporte monetario para el
mes de junio y en el mes de junio si por
ejemplo tenemos lugar lugar a restituir
el aporte aquí nos indica que la entidad
financiera tendrá que certificar de que
usted devolvió el aporte por ejemplo
esas dos personas que gustan final no
tuvo como beneficiaria entonces ese
certificado lo tendrá que hacer es el
banco
una pregunta muy importante cuando estoy
obligado a restituir el aporte estatal
vamos a estar obligado a la restitución
del aporte estatal cuando primero
recibía el dinero obviamente en todos
los casos busca recibió el dinero
recibía el dinero o el aporte monetario
y no lo utilice para el pago de salario
sino que lo estime para el pago del
arriendo lo decide para el pago
obligación financiera y nunca pague la
nómina al final a todos los puse a nadie
le pague porque pues tan pronto llegó el
dinero lo que hizo fue pagar el arriendo
de ahí tengo que devolver el aporte el
aporte municipal
2
haber recibido el aporte no cumpliendo
los requisitos un ejemplo de esto cual
es recibir los dos recibir el aporte
monetario pero resulta de que en el mes
de mayo yo dije que iba a postular 50
empleados pero al final lo postulen
ninguno es decir todos los empleados los
suspendía el contrato de trabajo les
dile sin ser licencia no remunerada
entre ya no cumplen los requisitos pues
tengo que devolver el dinero en este
caso lo tengo que volver a la entidad
financiera pues que me lo depósito
tercero
se compruebe que hay falsedad de los
documentos y está que se compre la
falsedad de los documentos tiene que ver
es por ejemplo que el certificado de
ingresos estaba errado la empresa nunca
disminuyó sus ingresos simplemente fue
una falsedad del certificado una
falsedad por ejemplo que la compañía
y tenía empleados la empresa ni tenía
empleadas y participó y le devolvieron
el dinero y certificó algo que era falso
y ahí tienen que tener tenemos que tener
mucho cuidado porque ya lo veremos más
adelante eso pues en unas condiciones
muy serias para la empresa y cuarto el
beneficiario manifieste que el aporte
que residuos fue superior al valor
utilizado era lo que deberían aquí
pueden pasar dos cosas por ejemplo
solicite 50 empleados y leer en un
aporte para ser empleado pero venga año
apenas solicite 50 tengo que ver el
aporte todos yo lo solicite para 50 y
porque recordemos que el tema laboral es
muy variado puede ser que no al final
pues mayo siguió siendo un mes muy
difícil no logramos reactivar no si de
esos 50 empleados que yo proyecte pero
con suspender el contrato o han licencia
no remuneratorias a 25 entonces yo al
final no cumple el requisito entonces
tengo que
ese aporte monetario eso es muy
importante o puede ser de que yo estaba
tramitando con el banco a pero el banco
al no se agilizó el proceso y yo fui tan
menor ingrese por el vancouver y resultó
que banco hay banco debe consignar pues
debo devolver el aporte de mero en
exceso
hasta ahí pues hemos visto unos temas
muy interesantes del decreto
vamos viendo lo siguiente
artículo que tiene que ver con otras
características muy importantes del
decreto
primero que el pago de este aporte
monetario o este subsidio a las nóminas
va a ser de manera mensual quiere decir
que empieza a pagar mayor tienes que
volver a aspirar en junio y tienes que
volver a aspirar en julio y te darán
hasta máximo en tres ocasiones el aporte
monetario dentro de la temporalidad que
ya vimos podría ser hasta agosto sólo
aquellos que hayan tenido líneas de
crédito en las nóminas
tenemos un segundo con una segunda
característica que es que el ministerio
de hacienda pues realizará los convenios
por las entidades financieras eso está
pues pendiente a ser reglamentado vuelvo
y repito seguro esta semana ya se están
colocando software tenemos un tercer
aspecto que esto aplica es para el banco
que la que estos recursos van a estar
exentos del gravamen al movimiento
financiero en el servicio de dispersión
es decir cuando el banco comienza a
consignar por el banco no va a no va
lugar a gravamen al movimiento
financiero y también las comisiones
bancarias que cobrará el banco por los
servicios de dispersión del país van a
estar excluidas de iva pero ojo eso es
para la entidad financiera para la
entidad bancaria y este me parece una
característica fundamental y es la
inembargabilidad de los recursos del
país puede ser que una empresa tenga el
depósito de cuenta bancaria donde paga
nómina y hoy le está tocando pagar en
efectivo porque toda la cuenta está
embargada por la dian por acreedores
bueno por entidad financiera una vez
depositado estos recursos que no van a
ser embargables
y ningún acreedor o sea que es algo muy
positivo porque recordemos que este
dinero una vez llegue a la cuenta
bancaria si tiene que se tiene que
utilizar para el pago de nómina y aquí
quiero también precisar algo
no es embargable para la persona
jurídica pero la persona natural es
decir los empleados que han autorizado
descuentos o que tienen embargo si le
van a proceder los embargos o los
descuentos esto qué quiere decir voy a
poner un ejemplo sencillo la persona
devengo un millón de pesos
y se le paga una vez al mes resulta de
que de ese millón de pesos tiene
embargado aunque eso tiene una
limitación hasta el 70 pero quiero aquí
exagerar y es de ese millón de pesos se
han embargado del 90 por ciento el
salario sólo reciben 100 mil pesos
porque lo que tiene son por ejemplo
descuentos anticipados en el pie hombres
paguen anticipada y solamente reciben
100 mil pesos el empleado no puede decir
no es que a mí se me tiene que dar 350
mil por lo mínimo no porque los
descuentos y le siguen corriendo al
empleado aquí también una pregunta muy
frecuente también aplican los pagos de
nómina en efectivo claro lo que aquí
está pasando es que usted va a recibir
el dinero del país no tiene
obligatoriamente que recibir en una
cuenta bancaria y en esa cuenta bancaria
pero se pudiese retirar ese dinero y
pagar en efectivo aquí va a ser muy
importante tener el debido soporte xxxix
de pago fue hacer lo más importante
demostrar que se pagó y que se utilizó
para el pago de nómina sin embargo la
recomendación va a ser
ocáriz ate y paga
por el sistema financiero pues
recordemos que es mucho más práctico los
empleados recordemos que hay que buscar
es atender las medidas de aislamiento y
el último o el quinto es característica
importante es que aquí se busca de que
todo esto sea promovido a través de
medios virtuales es decir que todo se
haga de manera electrónica todo este
proceso que de esa manera electrónica y
quiere decir que no necesariamente
quiere el banco seguramente cada entidad
financiera suya le va a decir cómo va a
ser el procedimiento que va a adecuar
pues todo eso tiene que ha aclarado esta
semana para que pronto no se afanen
ahora mismo a decir no vamos a mandar
los papeles dando válida el primero que
cumplan todos los requisitos hagan los
certificados que tengan los todos muy
bien soportados por oyentes
por oyentes cuántos empleados esperanzas
tener por el mes de mayo ya hoy pues
recordemos que que ya vamos
prácticamente hoy ex 13 de mayo y ya
esta fecha pues vamos a saber cuánta
empleados vamos a sostener hoy
podemos proyectar listo
quien va a fiscalizar esto quién lo va a
revisar todos los procesos de
fiscalización los va a adelantar la unge
pp que la unidad de gestión para fiscal
y de pensión
entonces recordemos que va a ser la afp
el ente fiscalizador recordemos que está
siendo un ente muy cuestionado porque
por sus procedimientos a veces salen de
los contextos legales o también son muy
fuertes frente a sus comunicados del gpp
va a ser el ente fiscalizador y le han
dicho basta fiscalizar a partir del año
2021 y la misión o la fiscalización va a
ser que tendrás que verificar el
cumplimiento de los requisitos y cuáles
requisitos pues los requisitos van a ser
cumplir todos los requisitos cuales son
cumplir todos los requisitos haber
disminuido el ingreso ser persona
jurídica tener cuenta depósito bancario
haber pagado la nómina
segundo que va a realizar de que no haya
fraude no haya falsedad el documento que
ya vamos a ver las sanciones que podemos
tener ahí y tercero baja válida de que
se haya utilizado para el pago en domina
o sea que aquí va a ser muy importante
que este país esté y tenga la
trazabilidad si recibe 3.500.000 nómina
que costaba de hornillos de 4 está
soportado que yo la pagué y utiliza el
recurso del país para el pago de la
nómina
y eso es lo que a risa a la afp
recordemos que aquí la dian no va a ser
el ente fiscalizador sino que la dian le
va para ver a la información financiera
a la afp por ejemplo qué información le
va a proveer la dian daniela proveen
información sobre los ingresos o sea que
las personas jurídicas por ejemplo que
declaran auto retención en la cuenta
especial auto retención en renta
especial que se paga de manera mensual
la dian ya saben cuánto fue el ingreso
ya sabe el ingreso de abril y pues va a
ser muy fácil con para los contabilice
del año pasado así que si usted no
cumple los requisitos de ingreso pues
desde ya tenga presente que no vaya a
arriesgarse porque la fiscalización va a
ser muy sencilla y recordemos que aquí
hablamos de ingresos y no de ricado
mucha gente por ejemplo desarrolla es
que yo he facturado con el disminuido mi
facturación en problemas que no me paga
vamos a esperar que dice el decreto pero
seguramente va a hablar de los ingresos
de operación y cuáles son los ingresos
no facturado o los que se preste un
servicio o en donde hubo la
transferencia de los mismos en el caso
de los bienes
qué sanciones van a haber entonces van a
ver pueden haber tres tipos van a ver
tres tipos de es acción penal
disciplinaria y fiscal
y penal para que sea penal lo que ha
manifestado este decreto es que tanto
los documentos como los recursos es
decir los recursos que reciban del país
van a tener naturaleza pública o sea que
si usted por ejemplo utilizó los
recursos del país para pagar el arriendo
y no pagó la nómina pues podemos estar
frente a una acción penal en el caso de
por ejemplo que nos retiramos de la
corte o que aún así restituidos pues
pudiésemos tener algún problema ahí así
que tengan mucho cuidado de no ir a
tener problemas de índole penal para el
siguiente año porque podemos tener ese
desespero pero no valga la pena y les
quiero poner una una anécdota
un cliente me llama y me dice rollo el
por favor revisemos de forma rápida este
tema y efectivamente el día el día
viernes en la noche que salió este
decreto con el sábado el sábado ya
estábamos realizando este decreto y él
tiene casi 500 empleados y revisando
este este decreto él disminuyó el
ingreso en un 16 por ciento
entonces al final pues fue la fue
lastimoso porque llegábamos un 16%
revisamos por un lado de que los
ingresos efectivamente se hubieran
prestado que hubiera habido
transferencia de bienes
y al final no se llegó hace 20% entonces
el cliente
pues puede cesar y aclarar de que no
podíamos hacerlo porque el primero no
podemos certificar algo que no es y dos
sería tener un proceso penal un año
siguiente entonces recordemos que esos
procesos penales pues son recordemos que
nos adelantaría por el ente acusador que
la fiscalía y yo soy seguro que nadie
quiere tener un proceso penal en
siguiente año después de pasado esta
situación de emergencia
no tenemos disciplinarias por ejemplo en
los contadores de o realizar esos
fiscales pues podrán ser denunciados
ante la junta central de contadores
después de iniciar procesos donde pueden
perder pues su tarjeta profesional y
también tenemos en materia fiscal han
establecido de que en los procedimientos
que se van a adelantar van a ser
conforme al estatuto tributario o sea
que aquí por ejemplo nos van a aplicar
las sanciones de por ejemplo de
inexactitud por devolución quiere decir
que por ejemplo si a mí me hicieron una
corte del país por 10 millones pero
detectaron que era falsedad en documento
la sanción será el 100% o sea que
tendrían que devolver 100 millones y 90
millones mã los intereses de mora así
que pues deberemos de tener mucho
cuidado con este tema pues que dé tanta
relevancia porque el sistema de
fiscalización va a ser mundial hoy no lo
veremos pero mañana o el próximo año
qué pregunta nos quedan pues ya a las
personas naturales hoy el ministro acaba
de hablar de que si van a entrar lo que
ha dicho el vuelvo y repito no es fuente
derecho no lo podemos utilizar pero pero
vale la pena informar lo tengo bien la
doble un radio dijo que si van a estar
las persona tura les que tengan hasta
tres empleados seguramente aquí va a
pasar que van a encontrar los que están
en el registro mercantil ante cámara de
comercio lo cual particularmente
consideró sigue siendo inexequible
porque por ejemplo si yo soy un tendero
soy comerciante y tal vez el único que
está en seguridad social soy yo
a mí no me pueden desconocer también
tengo derecho a recibir el auxilio es
que yo también me he visto afectado así
que pues si hablan de tres empleados
creo que también puede tener problemas
con inexequibilidad así que pues tendrá
que ser el ministerio muy cuidadoso con
ello que preguntas también nos queda si
definitivamente caron por fuera las
iglesias quedaron por fuera los
sindicatos quedaron por fuera las
propias horizontales de carácter mixta o
comerciales
y eso es una pregunta muy importante
porque recordemos que esto también
genera un volumen muy importante empleo
por ahí la conferencia episcopal que
después parte de la iglesia católica ya
aseguró está haciendo los acercamientos
la ph que es representada por el gremio
de los centros comerciales ya está
haciendo acercamientos es muy
seguramente lo que hoy yo les estoy
diciendo estas preguntas que en aclaran
en el transcurso de esta semana me
disculpo y no puedes aclarar esto porque
no hay una hoy la base que tenemos el
decreto legislativo y el secreto
legislativo en su forma de reaccionar
está dejando por fuera una tercera
pregunta y es qué pasa con los ingresos
gravados en renta existe perdón si este
ingreso es gravado en rentas y este
ingreso y canals ocasional se está
ingresando constitutivo de renta o
ganancia ocasional pues aquí la primera
es que la forma como recibe esta fortuna
entendería que es un ingreso canal
profesional sin embargo para mí
seguramente podrá salir otro decreto en
el cual establece que esto es un ingreso
no constitutiva renta niegas ocasional
pues no tendría sentido
el mismo aporte monetario general está
así me lo grava en renta me lograría el
30 por ciento pues no habría sentido que
seguramente hoy para mi concepto sería
ganancia ocasional pero deberemos
esperar posteriormente si sale otro
decreto legislativo en el cual informe
que son un ingreso no constitutivo de
renta o de ganancia ocasional o es una
renta exenta etcétera también en falta
que nos aclare qué pasa con es por
ejemplo si tenemos incapacidades
permanentes qué pasa si el empleado
renunció el 29 mayo
y obviamente en la final sale con eso
uno entendería es que no tengo por qué
devolver el aporte pero creo que serán
cosas muy importantes a aclarar
qué falta por reglamentar falta por
reglamentar la forma de disminución del
ingreso cuál será la metodología para
calcular abril contra abril o abril
contra enero y marzo del año 2020 enero
y febrero del año 2006 faltar a ese
reglamento vuelvo y repito seguro
sangran el transcurso esta semana
2 la uve pp va a establecer un
formulario de solicitud también
esperamos salga en transcurso esta
semana
falta que definan cuáles van a ser los
plazos y las fechas de desembolso ya el
ministerio anunció vuelve y digo no es
fuente derecho pero anunció a través de
prensa de que será a finales de mayo que
haga este pago y las solicitudes
arrancan harán a partir del 18 de mayo
también falta que reglamente cómo va a
ser el proceso de fiscalización de la
oje pp falta que también reglamente cómo
va a ser el procedimiento de las
entidades financieras que son puede
elementos muy importantes
y como siempre esta frase que es una de
la frase favorita mía por estos días y
él siempre recordarles quién sobreviven
no es el más fuerte ni el más
inteligente sino el que mejor se adaptan
campo y aquí no hablo de reinventar sino
de saber nos adaptar
se quede a ver muchísimas muchísimas
preguntas de verdad espero esta charla
les haya dado un gran conocimiento un
gran entendimiento este decreto miren
que era un decreto corte y bueno nos
llevó casi una hora a hablarlo o sea que
no terminó siendo tan sencillo y pues
creo que será necesario marcela a todo n
plazas y pasamos a responder las
preguntas
y roger por supuesto tenemos muchísimas
preguntas he tratado como de reunir las
que se parecen entre ellas como por
ejemplo qué pasa con las empresas de sus
colaboradores pertenecen a empleo
empresas de empleos temporales pueden
recibir este beneficio muy buena
pregunta en principio las que están a
través de temporales no porque
recordemos que quien tiene porque quien
lo tiene afiliado a la seguridad social
en la empresa temporal entonces sería la
empresa temporal la que tiene que
balears y puede acceder a esto en un
nuevo y repito no es fuente derecho pero
en uno de los comunicados donde las
entrevistas el ministro dice así se
puede pero para mi concepto no se puede
obviamente también eso será objeto de
aclaración porque quien tiene afiliado a
los empleados en la temporal no es la
persona jurídica sino que es otra
empresa y será esta empresa la que los
tiene que permita
ok preguntan sobre el valor del subsidio
se debe pagar seguridad social
no recordemos que bajó él recordemos que
el subsidio no es un mayor devengo para
el empleado uno de los requisitos como
lo vimos
es el empleado
no tenga estas novedades es decir que no
tenga la novedad ni de suspensión de
contacto ni de licencia no remunerada
eso no es una mayor remuneración yo les
ponía el ejemplo si el devengo millón de
pesos yo debo de cotizar seguridad
social por lo menos un salario mínimo o
podrá ser inferior a entonces como es
cotizar mi nivel se inferior a un
salario no puede cotizar un nivel sea
inferior al mínimo tendrá que ser al
menos ese valor es que podrá recibir el
país esto no es un mayor devengo con
empleados y el cienciano millones que
ahorita sea ganar un millón para 150.000
no se siguen devengando un millón
perfecto el señor álvaro araújo pregunta
quisiera saber si este decreto aplica
para empresas de servicios públicos que
si bien no han reducido su facturación
el recaudo
se ha reducido en un 30% el doctor alva
respectivamente también le aplica a las
personas jurídicas de que en este caso
se llama la empresa de servicio público
entre los prestadores de este servicio
si bien es cierto no se han visto
afectados y no han parado en operación
entonces aquí si no cumple el requisito
del 20% no podrá acceder aquí pues todos
los comunicados han dicho ingresos de
operación de segura tendrán que ser
ingresos de operación pues seguramente
no salen cambios con taylor y me
diferencia en cambio valores que son
simplemente fluctuación es abril versos
abril si no disminuyó el 20 por ciento
por utilidad acceder porque lo que
consideramos que se llama necesidad de
aporte estatal
y el señor roberto aquí la pregunta el
subsidio aplica para empleos nuevos o
solo para la nómina que venía desde más
muy buena pregunta aquí no nos están
hablando de pepito discúlpame de pepito
estaba en la nómina de febrero y en
frente ya los a pepito sino que está
alma no aquí nos hablan simplemente el
número que proyecta proteger así que si
puede ser empleado nuevo aquí lo
importante va a ser cumplir todos estos
requisitos que acabamos de ver puede ser
que él en abril a la empresa tuvo que
hacer lastimosamente determinación de
contactos laborales pero en mayo volvió
otra vez a contratar nuevo personal
entonces si él cumple ese requisito a
pesar de que los empleos son nuevos
puede acceder al beneficio también
y si hay empleados que salgan de
licencia no remunerada aplica cuando se
reintegren
sí pero tendrían que no pueden tener
esta novedad en el mes de mayo tal vez
la tuvieron en abril pero este mayo de
pronto él decidió hombres que tengan el
salario mínimo yo le tengo una licencia
no remunerada y aún así le doy auxilio
de 350 mil pesos pues ya con ese auxilio
uno diría no ahorita sí voy a dejarlo y
voy a levantar ese otro sí que
seguramente tiene el contrato de
licencia no remunerada perdón suspenden
de esa licencia y pues obviamente recibe
los 350 mil pero recordemos que él
tendrá que pagar pues también en
diferencia para llegar al salario 1000
es lo mínimo por el par también tendrá
que cotizar
y bueno esta es una pregunta bastante
particular acá
preguntan si son personas naturales cómo
hacen para recibir el beneficio
hoy el decreto las escuchó hoy la
persona natural no puede acceder a este
beneficio
es algo lamentable recordemos que hoy
les acaba de comentar que en una
entrevista en la w radio el ministro de
hacienda manifestó que si van a sacar el
programa para las personas naturales
pero que máximo tengan mínimo tengan
tres empleados eso fue lo que diré no
considero que esto pues no podrá ser así
porque también hay que incluir a los
independientes que también se han visto
afectado y también contra el mundo a
salvo y pensión también pagan impuestos
como cualquier otro colombiano así que
seguramente esto pues será sal de un
decreto legislativo próximamente pero
hoy no pueden acceder
y una vez que haya reglamentado el
decreto de la ugp donde se puede
descargar este formulario
este formulario recordemos que tenemos
que siempre consultar en las páginas
oficiales porque podemos consultar en la
página de la ocde pp es buscar en google
los de pepe en la página de la
presidencia y en la página del
ministerio de hacienda y seguramente los
bancos también darán difusión de esto
tan pronto salga estoy seguro que eso
será una cadena de whatsapp
una persona pregunta que si el auxilio
lo pueden aspirar en junio y julio no en
mayo y claro discúlpame aclaró la última
esas son las fuentes oficiales donde
pueden descargar el formulario hoy no ha
salido pero como les comento seguramente
habrá mucha difusión de este tan pronto
este pero se podrá descargar en la
página de la opep ee se podrá descargar
en la página del ministerio de hacienda
a la página de presidencia y una página
especial que sacaron que llama regiones
puntocom puntocom
la segunda pregunta me la repite es que
p de marcela
ay
acorde ya me dispuse me presenté y
establece a solicitar en junio y julio
ninguna si es posible que la afectación
de la compañía en abril no llegó al 20
sino que llegó un 15 pero en mayo es
posible que la afectación si superó más
de un 20 por ciento es decir mayo contra
mayo entonces en junio como ya cumple el
requisito por ejemplo en mayo podrá
solicitar este beneficio o podrá también
pasar de que en mayo él tomó la decisión
de suspender todos los contactos de
trabajo y a pesar de que disminuyó su
ingreso tomó la decisión de seguir por
los contactos suspendidos y dijo mejor
que aspiró en junio que en junio podrá
aspirar
y contrató a nuevas personas para el mes
de junio puede subir en el número de las
nuevas contrataciones
me repite fotones por favor
si contratas nuevas personas para el mes
de junio puedes subir en el número de
las nuevas contrataciones
sí claro pero recordemos que la base de
comparación va a ser pobre jamás podrá
ser superior a febrero quiere decir esto
que recordemos quizás el menor entre
febrero y pues el número de empleados
que es pero entonces por ejemplo si yo
tenía 50 en mayo pero yo reporte en
planilla 100 personas en febrero y
supongamos que en junio dios permita la
empresa nuevamente sube pero sube a 150
empleados y aún así sigue con y también
tiene que cumplir que haya un niño de su
ingreso vamos a suponer que ‘no cumple
no podrá aspirar a más de 100 porque es
lo que declaró en la pila de pobreza
las empresas que han firmado otros y al
contrario para descontar el 40 por
ciento de los salarios mínimos con
pretexto de la posterior devolución a
través del auxilio no están violando un
derecho constitucional o laboral al
trabajador
muy buena pregunta recordemos que no
quiero
no quiero estar hablar del derecho
laboral porque será objeto tacharla pero
por equis o ye razón suspendieron el
contrato de trabajo y gana dominio para
que pueda acceder a este beneficio la
persona natural tiene que en mayo
volverá a devengar por lo mínimo un
salario mínimo es decir no puede ser de
que se reactiva el contrato entonces el
empleador diga no que yo tenga 150.000
por el estado y lo demandó no hay que
pagar todo el salario es decir que será
mínimo el salario mínimo
respecto como debo certificar que el
dinero se pagó en nómina y qué pasa hace
un contrato se vence a finales de mayo
muy buena pregunta para mi concepto si
el contrato vence por ejemplo a finales
de mayo porque ese término fijo pero el
recurso se utilizó para el pago de la
nómina para mi concepto no habría lugar
a restitución en primera medida o
canarias
2 con la la pregunta sí
entendía que si termina en mayo las
personas que más avanzan o escuchan
cómo debo certificar el dinero que se
pagó en nómina
y qué pasa si un contrato se vence a
finales de mayo super muy buena pregunta
tú ya respondimos la primera y la
segunda más responde la primera en la
primera como demuestro que pague pues
recordemos que si yo pago pues por
transferencia bancaria y por ejemplo yo
pago los 15 o los 30 pues será tener
soporte de los pagos de nómina y es
validar que se haya pagado en la nómina
no necesariamente que coge los los
proyectos y recibos 30 millones bueno es
que yo tenga con los 30 millones
directos con el pago no es él es mayor
soporte será que yo pague la nómina
porque recordemos que este dinero entra
en una bolsa de la cuenta bancaria la
compañía pero aquí va a ser muy
importante demostrar que la nómina si se
pagó y ese va a ser el soporte del
soporte de pago que será la
transferencia bancaria o el recibo de
pago etcétera
tenemos tiempo para una pregunta más un
arroyo y claro que yo creo que podemos
hacer varias y son tres y media yo creo
que podemos hacer realmente esas charlas
de hora y media podemos hacer solucionar
las temas pues vamos a ver acá en el mes
de mayo se le vence el contrato a los
empleados para el certificado en donde
se dice que en el mes de mayo se le
vence el contrato a dos empleados para
el certificado en donde se dice cuántos
empleados se van a beneficiar se puede
decir en la certificación sin tener en
cuenta a estos dos empleados es una muy
buena pregunta
para mi concepto aquí valga la pena
saber por ejemplo dice que no lo dice el
decreto no es claro la realidad no nos
de temple a una respuesta para ello pero
lo que puedo sugerir de lo siguiente
y el contrato por ejemplo termina el 29
mayo obviamente gozo gran parte de mayo
no entendería que podrían gozar del
beneficio pero por ejemplo si ya la
terminación del contrato fue el 10 de
mayo no para mi concepto no pudiese
aspirar pero repito no no está claro ese
punto así que no es una sugerencia que
doy pero no no está claro ese punto en
el decreto
el abc de min hacienda indica que la
condición de la disminución de ingresos
puede tomarse de una de estas formas 1
abril 19 abril y del 2019 contra abril
del 2020 o enero febrero y marzo del
2020 contra abril del 2020 podría
aclarar esta inconsistencia vale es
importante resaltar que cuando salió ese
comunicado de prensa o es a veces hay
gente que creo en sangre que no había
salió este decreto
y lo que uno entendería entonces es que
aquí yo comparo si yo me constituir por
ejemplo antes de abril del año 2020 pero
si yo me constituida antes de abril del
año 2020 pues aquí será muy importante
que acá será muy importante se lo debo
comparar es contra este no contra y no
contener o ni febrero ni marzo es decir
es decir
yo soy una persona jurídica que me
constituyo en el año 2017 en ese sentido
yo debo de comparar ese abril del 2020
contra abril del 2019
pero si yo soy una persona jurídica que
me constituí na goza el 2019
pues si debe comparar a abril contra
enero y febrero sin embargo el buen
ratito pues será necesario tener el
decreto reglamentario que nos defina
esta posición que hoy yo le estoy
diciendo pero pues la sana
interpretación no entendería esto valga
la pena reitera falta el decreto
reglamentario
hay muchas preguntas que se parecen
anteriores que esta respuesta pero la
respuesta pero la voy a volver a leer
buenas tardes en el mes de abril y mayo
hubo empleados que tuvieron vacaciones
aplican como el número de empleados
activos para la solicitud de subsidio
claro recordemos que acá es que no
tengan
no tengan estas condiciones por ejemplo
puede ser que en mayo yo no voy a
beneficiar a 50 empleados pero esto se
encuentra en es de vacaciones no hay
problema pueden ingresar porque la norma
habló que en la postulación no pueden
tener son están novedades de licencia no
remunerada y suspensión de contacto en
un cable de vacación y recordemos no
tomamos en cuenta abril es para match
en abril del 2020 mis ventas bajaron en
un 12 por ciento con relación a abril
del 2019 pero si en junio en julio
aumentó aumentó mis ventas nuevamente el
promedio mensual aplicaría este
beneficio para esos meses nota t que la
respuesta él nos está indicando que
abrir contra abril apenas disminuyó un
12 por ciento o sea que él no puede
aspirar pero si en mayo y en junio por
ejemplo si reduce más de un 20 equipos
de aspira en lo que no entiende si
pudiese aspirar
y en el mes de abril tuvimos empleados
de vacaciones sin embargo la planta de
personal en mayo se ha mantenido puedo
acceder al subsidio sí claro
recordemos nuevamente lo importante es
que cuando se haya pues los empleados
que se haya postular en mayo no tengan
estas estas novedades que suspensión del
contrato y licencia no remunerada
sigo leyendo
buenas tardes y la empresa ha reducido
la jornada laboral a la mitad y por ende
reduce en un porcentaje y salario porque
no hay cabida de trabajo para este tipo
de operaciones ya se agotó lava y para
este tipo de operaciones y ya hago todas
las vacaciones anticipadas pero su
seguridad social y ha pagado el 100 por
ciento podríamos aplicar este subsidio y
tener la oportunidad de eliminar
rápidamente la reducción de salario
aunque jornada
si la empresa ha reducido la jornada
laboral a la mitad y por eso se reduce
un porcentaje en el salario porque como
no hay que había trabajo eso lo que
entiendo es que es si se redujo la
cantidad de horas laborales a la mitad
pueden tener oportunidad recibir el
subsidio muy buena pregunta que si lo
pueden recibir siempre y cuando cumplan
esta red ese requisito que el ingreso
base de cotización sea por lo mínimo el
salario mínimo
en todo caso el empleado al final habrá
que pagar el mínimo voy a poner de
ejemplo
la persona o el empleado tiene un
devengo de 2 millones de pesos pero le
reduce la jornada laboral al 50% es
decir pasa de ganarse no de devengar
siguen devengando 2 millones lo que pasa
que como apenas trabaja su jornada
laboral es el 50% entre te vendo un
millón
si se miran el ingreso hace de
cotización sigue siendo un mínimo
entonces al pse le pagaras un millón de
pesos que obviamente el auxilio ayudará
a pagar en 350 mil pesos
y el subsidio aplica para aprenderse
escena en etapa productiva
es muy buena pregunta voy a decirles
y que aquí hay dos líneas muy
interesantes con los aprendices zen
creo que aquí será discúlpeme que se
desarrolle tantas respuestas las han
dado que serán es claro que las aclaren
si ustedes me expulsan pero será
necesario porque el decreto deja muchos
vacíos
para mi concepto
y si pudiesen entrar los
los aprendices cenas bajos que teoría
la norma habla de dependientes la norma
nunca habló empleados los que define el
código sustantivo laboral porque ese que
sea que haya abogados laboralistas dirán
hombres que en los aprendices son un
contrato de aprendizaje que no está
regulado en el código sustantivo laboral
son muy cierto el aprendiz en a es un
contrato sugiere de un contacto especial
que pues por o por ley se tiene que
cumplir lo que una denomina puertas pena
entonces no encaja como en la definición
de empleado el código sustantivo laboral
pero aquí la aquí el decreto si fue
prudente y definió que era un empleado y
entre la función dijo que era un
dependiente y estas personas y puestos
pasantes usualmente y tienen que tener
pues la cotización diverse porque puede
pagar por lo mínimo la la salud y la r
así que en principio yo diría si se
podría en principio lo diría
valdrá la pena esperar a ver si aquí al
viernes hay una aclaración sobre ese
punto pero en mi primera tesis de la
interpretación sistemática que uno le
hace a esto al secreto uno entendería
que si bajo la definición de
dependientes
porque miren que ellos también están
apilados a la pila también que vive ese
mínimo que es el salario mínimo
perfecto preguntan si el beneficio
aplicaría para jardines infantiles
si es persona jurídica por supuesto
también si son colegios todas las
personas jurídicas porque las personas
jurídicas es un mundo gigante y las
personas jurídicas pueden estar pueden
tener registro mercantil por ejemplo
puede estar inscrita en la cámara de
comercio pero puede ser que algunos
colegios están registrados ante las
gobernaciones huesos pues si es una
fundación por ejemplo y tiene su
registro único de notario dice que
régimen tributario especial podrá
aplicar el beneficio claro que sí y
claro deberá cumplir los demás
requisitos que es disminuir pues el
ingreso de más de un 20%
qué pasa si mi empresa está bancarizada
es decir tiene una cuenta de ahorros
pero los pagos de nómina los realizó en
efectivo que soporte puede manejar para
validar si se hace el respectivo pago no
aquí pues recordemos que se paga en
nómina el perdón se paga en efectivo
pedimos son los soportes de recibo de
pago muy importante pues el egreso
indebido comprobante que esté firmado
hay empresas que por ejemplo pagan con
cheque al primer beneficiario o cheques
que permiten ser endosados pasivas es
muy importante que en el egreso esté la
huella y sello el empleado demuestra que
pago sapos a que en el año 2021 si la
ugp hicieron proceso de fiscalización
conservamos así mire hechos y pague mi
nómina y aquí está mi soporte aquí
también egresó aquí está el recibido de
satisfacción del empleado el dinero pero
la recomendación mayor va a ser no
tratar de hacer el pago a la videncia de
financiera
punto la base de cotización para el pago
de los aportes de la seguridad social
del mes de mayo se toma como base del
valor del salario normal oeste debe
excluirse el valor del auxilio tan
grande no es un mayor devengo para el
empleado es un aporte monetario para la
persona jurídica esto no cambia en nada
el salario del empleado no cambia nada
su relación laboral aquí está pasando
que aquí está el empleado y aquí está la
persona jurídica que el estado le da un
dinero a esta persona jurídica para
ayudarle a pagarle a esta empleada no es
que al empleado le hayan subido el
salario no sigue devengando lo mismo
y acabo de terminar con las preguntas
que estaban en el vamos a revisar las
que están en el cuadrito de chat las
propiedades horizontales con ingresos
mixtos entran también se incumplen los
requisitos sobre los ingresos gravados
como arriendos lastimosamente no ingresa
la propiedad horizontal porque no
ingresa
la norma habla de que tiene que ser una
entidad sin ánimo de lucro y que deberá
aportar el root y en el root debe
indicar que es régimen tributario
especial el estatuto tributario en su
artículo 19 dice quiénes son régimen
tributario especial es decir todo el
artículo 19 del régimen tributario
especial pero el 19-5 dice que la propia
horizontal
debe declarar como un régimen ordinario
eso qué quiere decir que en el root no
va a salir por ningún lado de que el
régimen tributario especial al no decir
que es un régimen tributario especial y
tampoco puede sostener un certificado
existencia y representación legales ante
la cámara de comercio sino que esa zona
ante la alcaldía son de carácter civil
no podría ingresar al beneficio del
padre hoy sé que hay una asociación muy
importante de los centros comerciales ya
están haciendo la gestión ante ante el
ministerio de hacienda para que esto sea
claro pero valdrá la pena decirles que
hoy así como está el decreto delineado
no estaría para la pena que salga algún
documento algún decreto reglamentario
que haya hombre cuando decimos entidad
sin ánimo no estamos hablando de de
todas las personas jurídicas de carácter
civil como propia horizontal como
iglesias como sindicatos como la cruz
roja todas como cooperativas entonces
valga la pena pues que que salga este
documento para que no haya duda alguna
de que si puede estar pero hoy
en la interpretación que hacemos no en
farías
revisando y creo que ya las preguntas
han sido ya les han dado respuesta a
muchas preguntas que nos están haciendo
también sigo validando acá en el buzón
de preguntas que ya están 210 la
actividad ha sido muy interesante porque
ellos van preguntando y los mismos
participantes van dando como las
respuestas que de alguna forma ya ellos
tenían conocimiento la información que
tú nos has compartido en esta tarde de
hoy
en el segundo
muchos preguntan sobre las memorias las
memorias las enviaremos a su correo
electrónico
muy importante resaltar que estas
memorias no van a contener los decretos
reglamentarios que esperamos antanas y
que es muy importante dar estas
presentaciones con fecha del 13 de mayo
perfecto bueno yo creo que ya hasta el
momento hemos resuelto todas las
inquietudes ahora que escriben otra vez
que escribe muy rápido no me dejan
capturarla los ingresos de hoy hay un
momento
voy a responder esa marcela que me gustó
una de las últimas preguntas dice existe
un mínimo o máximo empleado beneficiar
claro un mínimo es uno y máximo no tiene
no tiene límite
esto
no alcanzo a leerlas porque escriben voy
a ver el curso
en el chat cuando por él
de preguntas es más fácil se aplica para
empleados pensionados se aplica para
empleados pensionados y es decir yo soy
hoy hoy en roma por ejemplo ella está
pensionado claro en 50 años pero ya soy
pensionada pero fuera de ello también
soy empleado ejemplo ejemplo de una
persona jurídica una empresa y esta
empresa puede aplicar el país y claro
roger romana es un empleado también
puede entrar como beneficiario el país a
pesar de que ya esté pensionados o no
tiene nada que ver lo como
me preguntan cómo se manejan los
contratos por prestación de servicios
recordemos que estos quedan por fuera
cuando dicen dependientes y una de las
grandes características que tienen de
contacto de prestación de servicios que
son de carácter independiente por ende
los prestadores de servicio no ingresa
según ha dicho el ministerio esto es
también más en unos beneficios
posteriormente no sabemos cuándo pero se
espera que antes del 6 de junio pues
hagan todas las medidas reglamentarias
ser prestación de servicio no entran en
el país
me preguntan los ingresos comparado con
el 100% soledad sobre la base paterna
autorreflexión
y sobre usted vale esa pregunta sobre
las temporales ésta tiene una base
especial para el cálculo del iva no hay
que esperar cómo sale el decreto
reglamentario que irá sobre esas que
tiene una base especial creería yo que
no van a sentarse con un astrolabio
creería yo en principio hay que esperar
el efecto reglamentario
buenos materiales a echarla carlos
enviar
seguimos con tiempo para más preguntas y
yo creo que podemos aprovecharla hasta
las 3 para aclaradas porque sé que hay
muchas dudas
la idea es poder aclarar las que macua
más y que estén dentro de nuestro
alcance
estamos en el tanto preguntas me gusta
mucho esta pregunta si soy representante
legal y una persona y personal y hago
mis aportes como empleado tengo derecho
claro si tú eres una persona jurídica
que una persona y personal y a su vez
también eres empleado de esa empresa
jurídica o de tu empresa
si eres empleado y cumple todos los
requisitos que acabamos de ver claro
también pudieses tener ese beneficio
acá tenemos una pregunta que dice en el
tema de la facturación de los
prestadores de servicios por ejemplo en
la salud en el sector de salud se
entraría a revisar la fecha de
prestación del servicio facturado
teniendo en cuenta que muchas veces no
se factura en el mismo mes prestado el
servicio muy buena pregunta aquí esto no
lo va a decir el decreto reglamentario
recordemos que cuando nos hablan del
decreto dice que esto va a ser
reglamentado por el ministerio a 100 por
el ministerio de hacienda pero cuando
uno le dice en ingreso y uno se va a la
técnica contable que sería la norma
especializada en esta materia en los
ingresos se reconocen cuando se presta
el servicio se recibe a satisfacción
recordemos entonces que una clínica o
una ips debe reconocer sus ingresos no
por facturación sino por cuando este
servicio se ha prestado así que
seguramente esta va a ser la base con la
cual deberán de trabajar obviamente ya
abril del año 2019 ya está cerrado y tal
cual como está así que pero fue en 2020
recordemos que los ingresos deben de
reconocer no por factura sino por cuando
se presta el servicio o si son bienes
cuando hay transferencia de riesgos los
que son el grupo 2 en dispar activos
la dian como validará el pago mínimo de
la dian como válida de la información de
los ingresos de una sal
en este caso
no tendría respuesta como puede ser el
proceso de fiscalización para una sal
particularmente porque esa nuestra
obligada pues a declarar la auto
retención no no te sabría decir porque
como la puede validar seguramente es
utilizar los datos de la declaración de
renta y el auditor poder dividir este en
12 ya suena al técnica de fiscalización
interna pero no te sabría respuesta de
hecho
una pregunta muy aquí en el chat dice
hola el tema de los bancos no quieren
recibir los documentos entendí que era a
partir del 18 de mayo después de venir
mandos que ya a partir del 18 de mayo lo
ha dicho en un comunicado de prensa del
ministerio de hacienda que ese sí es un
documento de efecto oficial entonces ha
dicho que a partir del 18 mayo es que se
comenzará a tramitar en muchos clientes
me han llamado y me han dicho reyes que
ya todos los demás amigos lo enviaron
pero traté en balcón de raro que te lo
haya recibido y a partir del 18 que la
invitación tengamos todo listo el
viernes y el día lunes estamos pasando
esto para que salgamos beneficiarios de
este auxilio que me parece un gran
auxilio antes de que termine el mes de
mayo
porque tampoco han dicho hasta cuando yo
puedo radicar los papeles que nos han
dicho que a partir del 18 de mayo no nos
ha dicho hasta cuándo
los fondos de empleados perdonan
y preguntan si los fondos de empleados
también van a ser el beneficiario de
este auxilio recordemos que los fondos
de empleados son personas jurídicas que
no son no son dignos son
no son declarantes del impostor no son
contribuyentes del impuesto de renta no
están bajo el régimen tributario
especial y si no están bajo el artículo
19
si me ayuda cuando preguntan qué están
creyendo acá abajo
nos vimos
[Música]
nos preguntan buenas tardes un asa
pequeña al certificar el firmado por
contar público claro esto es una
certificación de partes donde firmar el
representante legal y de formar o de
firmar un contador en este caso si la
compañía no está obligada a tener
revisor fiscal pues lo firmará luego
repito un contador si está obligado a
aterrizar fiscal lo firmará el revisor
fiscal en conjunto con el representante
legal
preguntan si las cooperativas aplican es
muy buena pregunta para mi concepto no
recuerdo ahora decidirse las de uno
estoy seguro no estoy seguro de la
respuesta porque si en la en el registro
en el rut aparece el régimen tributario
especial si pudiesen acceder las
cooperativas ya que las cooperativas
están dentro del artículo 19 del
estatuto tributario ellas tienen un
régimen de presentación especial pero no
recuerdo y no estoy seguro la realidad
excúsenme sí sí en el gustarle la
responsabilidad 04 si sale la
responsabilidad si son beneficiarios
totalmente
una empresa multinacional mexicana con
cámara de comercio tiene derecho es muy
buena pregunta porque recordemos que
nuestro código de comercio establece una
dualidad internacional y es que las
sucursales internacionales no tienen
registro mercantil en colombia lo que
tiene son un lo que puedes registrar es
el establecimiento de comercio así que
ahí no dentro de los requisitos nos
hablan que hablas del registro mercantil
que tiene que estar renueva mínimo al
año 2019 recordemos que estás lo que
tienen es un establecimiento de comercio
permanente en colombres y que vino en la
primera en la primera media no
entendería déjenos pero estas compañías
también claramente tienen que ser
beneficiarios
el señor carlos me dice que no le quedó
claro si para acceder al apoyo es
necesario como mínimo solo pagar aportes
sobre el salario mínimo legal vigente
sino también que se pague o desembolse
el salario mínimo legal vigente lo que
hablamos si yo en la pila reportó yo en
la pila reportó que la persona tiene un
nivel un ingreso accede cotización del
salario mínimo puedes entender a jesús’
devengo también es del mínimo por ende
pues el valor que se tendrá que pagarle
a su empleado
algo
hola
roger se detuvo tu cámara no tenemos
audio
hola
rolando nos escuchas
creo que tenemos en este momento
problemas con el internet del señor
roger regreso hasta aquí
vamos con la última pregunta que tenemos
para poder aclarar otras preguntas que
tenemos si mis ingresos operacionales en
la cooperativa del 2019 y en abril 20 no
disminuyeron pero creo que eso ya lo
habíamos libro que pasa que se inició
todos nuevamente
discúlpame que en el año
qué pasa en una novedad de licencia de
maternidad
esto es muy buena pregunta es la
licencia de maternidad para conocer todo
a la persona en ningún momento se le ha
cancelado el contrato no tiene ni la
novedad de licencia no remunerada ni
tiene el aliciente la novedad de
de suspensión de contrato y la norma
habló sólo estas dos novedades nunca
habló de las demás novedades entendería
un entonces que pudiese acceder sin
embargo recordemos que esta licencia de
maternidad a quien paga la peso por ende
uno diría en principio que si se puede
mantener en cuenta como repito en ese
punto también valdrá la pena una
aclaración de parte del ministerio
en caso de tener una persona de servicio
general es vinculada por siete días al
mes
y así se cancela su seguridad social
también puede postular a esta persona no
porque su vive ese debe ser mínimo en
salar min
contablemente donde debemos llevar el
dinero de un ingreso o un gasto
muy buena pregunta para delante contable
lo primero es que esto es un ingreso por
subvención cuando hablamos de ingresos
por subvención son ingresos aportes
monetarios que entrega al estado que
están sujetos a una condición cuál es la
condición amos pagar la nómina y cumplir
los demás requisitos es primero cuando
recibe el dinero si tiene registrar es
como un pasivo cuando se cumple la
condición sea llevar un ingreso que este
ingreso según la política contable que
tenga la compañía prix primero para mi
concepto será un ingreso no otros
ingresos no es un ingreso de operación o
como también otros podrán considerar de
afectar y disminuir el gasto de nómina
pero particularmente es ese en tiene que
entender como un apoyo gubernamental y
por ende pues era comprender como un
ingreso de la operación
si tengo un contrato con el distrito y a
la fecha no he recibido ingresos por
este contrato esto me representa una
disminución con respecto a abril 19
puedo acceder a este auxilio pero no sé
si en la pregunta que nos hace el doctor
jorge jorge y hace referencia a persona
jurídica o actitud no natural se hace
referencia que es a título natural es
decir por oferta natural no podrá
acceder porque como ya dijimos en
secreto no contempla las personas
naturales
pienso que ya hemos terminado con estas
inquietudes señor roger
igual a todos los participantes si
tienen alguna inquietud algunas
preguntas podemos dirigirla al correo
electrónico del señor fausto eusse que
en un momento no las estará escribiendo
en el chat
y vamos a ver que ahora aquí hay otra
nueva pregunta una empresa que se
constituyó en el 2016 pero inició
facturación en el mes de julio de 2019
puede solicitar que se compare enero
marzo 2020 versus abril 2020
tendrá que ser de esa manera porque ese
decreto reglamentario que esperamos
tenga que aclarar ese punto porque tiene
todo el sentido de lo que el doctor
freddy está preguntando y es que puede
ser una compañía que en una constructora
y obviamente esta constructora en el mes
de marzo de abril perdón del año
metiendo tu ingreso entonces uno
entenderá de que para el mes de abril no
pues no tendrá sentido comparar abril
contra abril porque puedes pagar cero y
que pues que es inferior a hacer nada
entonces
para mi concepto tendrá sentido lo que
sean por frei se tendrá que comprar
fontanero y contagio
esto yo creo que hemos cumplido la
agenda de marcela
así que marcela creo que ya fausto a la
cámara de comercio a todos los que
habían asistieron espero que esta
presentación haya sido del agrado de
todos haya aclarado todas las
inquietudes que ustedes tienen que
estaremos aquí para posteriormente si
salen los decretos de reglamentar y
después todos usted en cambios más
importantes nuevamente al parecer esta
charla si está bien considera la cámara
de comercio y diciéndole de verdad que
muchas gracias a todos muchas gracias al
señor roger por su presentación por
compartirnos todo esto conocido encuesta
tarde esperamos que todas sus
inquietudes hayan quedado resueltas
de ser así podemos inscribir al correo
electrónico de fs a cámara baja punto o
lg puntocom y a través de ésta podemos
canalizar todas sus inquietudes
nos reinventamos para seguir apoyándonos
en la evolución de sus negocios con el
fin de seguir enriqueciendo nuestro
portafolio de soluciones recuerda
responder la pequeña encuesta para
nosotros es muy valiosa su opinión y es
la manera que tenemos de recibir su
retroalimentación al tiempo que
aprovechamos de este espacio para tener
a nuestra en trance información que nos
sirve insumo para compartirles el
material de apoyo
muchas gracias por habernos acompañado
en este espacio de conocimiento que la
cámara de comercio de barranquilla ha
dispuesto para ustedes nuestros
empresarios que son nuestra razón de ser
hasta pronto ya luego hasta luego roger
muchísimas gracias.